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A la espera de la Ley N 26.993

Domingo, 22 de marzo de 2015 00:00
La situación de continuos y reiterados reclamos podría cambiar a partir de la aprobación de la Ley Nº 26.993, creada para facilitarle la tarea a aquellos que quieren peticionar por sus derechos.
Uno de los puntos fundamentales que promueve la flamante normativa apunta a la celeridad de las denuncias: fija en 60 días el plazo máximo para que se resuelvan las diferencias entre partes.
Además, plantea varios aspectos novedosos que abarcan un amplio abanico de cuestiones, que van desde elevar las multas a empresas hasta la creación de un fuero especializado, con el fin de agilizar las causas.
En caso de que no se llegue a un acuerdo en la conciliación, existen otras dos instancias a fin de obtener un resarcimiento:
La administrativa (auditoría de consumo): el auditor establece la restitución del producto/servicio o la devolución del dinero hasta $70.740, 15 salarios mínimos.
La judicial (fuero de consumo): el juez establece la reparación integral del daño, que puede ascender a $260.000, 55 salarios mínimos.
Cabe destacar que los reclamos se remitirán a la oficina de Defensa del Consumidor que depende del Ministerio de Economía, afirmó, Fernando Blanco Muiño, titular de la Unión de Consumidores de Argentina.

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La situación de continuos y reiterados reclamos podría cambiar a partir de la aprobación de la Ley Nº 26.993, creada para facilitarle la tarea a aquellos que quieren peticionar por sus derechos.
Uno de los puntos fundamentales que promueve la flamante normativa apunta a la celeridad de las denuncias: fija en 60 días el plazo máximo para que se resuelvan las diferencias entre partes.
Además, plantea varios aspectos novedosos que abarcan un amplio abanico de cuestiones, que van desde elevar las multas a empresas hasta la creación de un fuero especializado, con el fin de agilizar las causas.
En caso de que no se llegue a un acuerdo en la conciliación, existen otras dos instancias a fin de obtener un resarcimiento:
La administrativa (auditoría de consumo): el auditor establece la restitución del producto/servicio o la devolución del dinero hasta $70.740, 15 salarios mínimos.
La judicial (fuero de consumo): el juez establece la reparación integral del daño, que puede ascender a $260.000, 55 salarios mínimos.
Cabe destacar que los reclamos se remitirán a la oficina de Defensa del Consumidor que depende del Ministerio de Economía, afirmó, Fernando Blanco Muiño, titular de la Unión de Consumidores de Argentina.

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