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Pago de deudas provinciales

Miércoles, 28 de diciembre de 2016 01:30
La Dirección Provincial de Rentas informó que se continúan recibiendo adhesiones al Régimen Especial de Regularización de Deudas Provinciales, que permite a los contribuyentes regularizar deudas de todos los tributos provinciales vencidas o devengadas al 30/06/2016.
Las autoridades del organismo fiscal resaltaron que el plan otorga importantes beneficios, que se han establecido en tramos de acuerdo a la fecha en que se concreta la adhesión. En el tramo actual, que vence el 31 de diciembre de 2016, se destaca la reducción de hasta el 80 % de intereses resarcitorios para la opción de pago de contado. Para los que deseen pagar en cuotas, el plan permite financiarlo hasta en 48 cuotas.
Los contribuyentes pueden incluir en el plan, deudas vencidas o devengadas al 30 de junio de 2016 de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, tasas retributivas de servicios administrativos y judiciales, retenciones, percepciones y recaudaciones, incluyendo además multas o intereses. Para el caso de multas, la condonación puede llegar hasta el 100 % o, en otros casos hasta el mínimo legal establecido por Ley.
Para mayor información, los interesados podrán hacer su consulta en la página web de la repartición www.rentasjujuy.gob.ar.

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La Dirección Provincial de Rentas informó que se continúan recibiendo adhesiones al Régimen Especial de Regularización de Deudas Provinciales, que permite a los contribuyentes regularizar deudas de todos los tributos provinciales vencidas o devengadas al 30/06/2016.
Las autoridades del organismo fiscal resaltaron que el plan otorga importantes beneficios, que se han establecido en tramos de acuerdo a la fecha en que se concreta la adhesión. En el tramo actual, que vence el 31 de diciembre de 2016, se destaca la reducción de hasta el 80 % de intereses resarcitorios para la opción de pago de contado. Para los que deseen pagar en cuotas, el plan permite financiarlo hasta en 48 cuotas.
Los contribuyentes pueden incluir en el plan, deudas vencidas o devengadas al 30 de junio de 2016 de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos, tasas retributivas de servicios administrativos y judiciales, retenciones, percepciones y recaudaciones, incluyendo además multas o intereses. Para el caso de multas, la condonación puede llegar hasta el 100 % o, en otros casos hasta el mínimo legal establecido por Ley.
Para mayor información, los interesados podrán hacer su consulta en la página web de la repartición www.rentasjujuy.gob.ar.

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