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Nuevas disposiciones y aplicativo web

Para practicar retenciones y percepciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos. Mañana entran en vigencia.

Domingo, 30 de septiembre de 2018 01:01

La Dirección Provincial de Rentas lanzó nuevas disposiciones y aplicativo web para practicar las retenciones y percepciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos que mañana entrarán en vigencia.

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La Dirección Provincial de Rentas lanzó nuevas disposiciones y aplicativo web para practicar las retenciones y percepciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos que mañana entrarán en vigencia.

El director del organismo, Esteban Rodríguez, dijo que las instrucciones están contenidas en la resolución general 1510/2018 y que "entre las novedades se destacan la simplificación normativa, el agrupamiento de la reglamentación, la actualización tecnológica de los aplicativos para los agentes de recaudación, el cambio de metodología a un padrón de contribuyentes, la actualización de los importes para actuar como agentes, así como nuevos regímenes de retención y percepción para ampliar la base de contribuyentes en actividades de escasa tributación".

Entre los aspectos más relevantes del nuevo régimen, mencionó "el agrupamiento de las disposiciones en una sola norma, busca evitar la dispersión de disposiciones". También la instrumentación de un padrón a los fines de la liquidación de la retención y/o percepción de cada contribuyente, con las alícuotas que el sujeto designado agente deberá aplicar, listado que será actualizado mensualmente y puesto a disposición de los agentes de recaudación en la página web del organismo.

El lanzamiento de un nuevo aplicativo web Arpib (Agentes de retención y/o percepción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos) desarrollado por el organismo- sostuvo-

"permitirá un mejor control de las obligaciones a cargo de los agentes y una administración más eficiente de los sujetos pasibles de recaudación, resultando más fácil y amigable para quienes deban actuar como agentes de recaudación". Agregó que la actualización del monto mínimo sujeto a retención se eleva de $1.000 a $3.000 "para brindarles un alivio a las pequeñas y medianas empresas y evitar distorsiones debido a la falta de actualización de los valores".

También contempla la modificación de los montos de ingresos obtenidos en el año calendario inmediato anterior para ser designado como agente de retención y/o percepción, que pasó de $20.000.000 a $25.000.000 anuales; al igual que la incorporación de actividades en los regímenes de retención antes no previstas, como ser las vinculadas a la actividad inmobiliaria y el comercio electrónico; mientras que en los regímenes de percepción se incorporó el servicio de alquileres.

Los interesados podrán obtener mayores informes en la página web www.rentasjujuy.gob.ar, llamando a la División Agentes de Retención y Percepción, teléfono 388 4225750, en el horario de 7.30 a 13.

Beneficios para contribuyentes

La Dirección Provincial de Rentas informó que se encuentra vigente el Régimen de facilidades de pago transitorio “para facilitar el cumplimiento de las obligaciones originadas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos de contribuyentes locales y de Convenio Multilateral con sede Jujuy. El beneficio sustancial de este régimen, es la posibilidad de financiar el pago de la obligación en hasta tres cuotas sin interés.

Esta medida es coyuntural y, contribuye a que las micro, pequeñas y medianas empresas locales que tengan algún tipo de dificultades financieras debido a la situación económica actual, puedan mantener regular su situación fiscal sin que se vea afectado su capital de trabajo, ni su cadena de pagos en el corto plazo”. Sostuvo que el objetivo de “esta administración es promover el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes, y teniendo en cuenta el contexto económico- financiero actual, resultó conveniente instrumentar medidas que permitan facilitar el mismo”. Agregó que “en este nuevo régimen se pueden incluir los anticipos mensuales de Ingresos Brutos cuyos vencimientos operen durante la vigencia del régimen, es decir, para las obligaciones de los meses de agosto, septiembre y octubre, cuyos vencimientos operan en septiembre, octubre y noviembre del 2018 respectivamente, formalizándose el mismo con el ingreso de un anticipo del 20% del total de la obligación a financiar”.

Para acceder al plan, el contribuyente deberá contar con la clave fiscal de Rentas, ya que el mismo es un nuevo servicio web que se suma a los ya existentes, como así también mantener regular su situación fiscal en el impuesto sobre los Ingresos Brutos por los períodos anteriores vencidos al anticipo que pretende financiar, ya sea de contado o mediante algún plan de facilidad permanente. Para mayor información, consultar el portal web ciudadano www.rentasjujuy.gob.ar o personalmente en las delegaciones del organismo en horario habitual de atención.