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Multan con 90 mil pesos a organizaciones

Un reciente fallo del Juzgado Contravencional Nº 3 obligará a los inculpados a cumplir con trabajo comunitario.

Miércoles, 24 de marzo de 2021 01:04

El Juzgado Contravencional Nº 3 resolvió aplicar a siete personas y ocho organizaciones sociales la multa de 42 Unidades Fijas, equivalentes a la suma de 90 mil pesos, por infringir las disposiciones previstas en el artículo 113 de la Ley 5.860/14.

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El Juzgado Contravencional Nº 3 resolvió aplicar a siete personas y ocho organizaciones sociales la multa de 42 Unidades Fijas, equivalentes a la suma de 90 mil pesos, por infringir las disposiciones previstas en el artículo 113 de la Ley 5.860/14.

También, las siete personas deberán cumplir la pena de "trabajo comunitario", al igual que las ocho organizaciones sociales, las que deberán designar a otras cincuenta personas integrantes de las mismas para cumplir tareas laborales de limpieza y mantenimiento de espacios públicos en el barrio Alto Comedero por tres meses, tres veces por semana, en los meses de agosto, septiembre y octubre.

Según se supo, la sanción fue impuesta por incumplir lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 5.860/14, modificada por Ley 6.050, en función de los artículos 1º, 6º y 40º del Anexo Único del Decreto Acuerdo 2075-G/20. En caso de no acatar el fallo, se efectuará juicio de apremio para el cobro de la equivalente a 42 unidades de multa.

Además se dispuso que el 50 por ciento del importe ingresado al Fondo Especial de Seguridad Contravencional, en Conceptos de multas, por causa de la manifestación del 15 de diciembre de 2020, celebraciones de carnaval, cortes de tránsito y otros, será destinado en forma exclusiva a los merenderos de la Provincia de Jujuy de conformidad al Decreto 2838-G/21.