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Trabajadores rurales ya pueden tramitar la jubilación anticipada

Lunes, 29 de abril de 2013 10:58

Los trabajadores agrarios salteños que esperaban la reglamentación del nuevo estatuto del peón rural ya empezaron a tramitar la jubilación anticipada, uno de los principales beneficios que introdujo la norma.

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Los trabajadores agrarios salteños que esperaban la reglamentación del nuevo estatuto del peón rural ya empezaron a tramitar la jubilación anticipada, uno de los principales beneficios que introdujo la norma.

El 22 de marzo último, un año y tres meses después de que fuera sancionada la ley 26727, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó la reglamentación del Régimen de Trabajo Agrario a través de los decretos 300/2013 y 301/2013. A partir de entonces, el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea) se erige como organismo específico en el ámbito del trabajo agrario en materia de fiscalización, registración y seguridad social.

Con la reglamentación concretada, miles de trabajadores agrarios de todo el país ya pueden tramitar la jubilación anticipada a los 57 años o con 25 de servicio, un beneficio para el que las patronales aportan un 2% más desde la sanción de la norma, en diciembre de 2011. Hasta ahora son 180 los trámites iniciados en la sede local de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Según el comunicado oficial, “el principal objetivo del Renatea es la jerarquización de los trabajadores agrarios a través de una mejora progresiva y sostenible de las relaciones laborales del sector. Para ello, entre las funciones y atribuciones principales del organismo se encuentran la de expedir la Libreta de Trabajo Agrario, otorgar la prestación económica por desempleo, las prestaciones médico-asistenciales, el Seguro por Servicios de Sepelio, fiscalizar el cumplimiento de la normativa laboral, la conformación de estadísticas y la capacitación de trabajadores y empleadores agrarios”.

Una larga espera

El titular de la Anses Salta, Ernesto Martínez, señaló que “ahora tenemos las herramientas para ver si quienes presentaron los papeles cumplen con los requisitos que impone la normativa”.

Martínez destacó que “en materia de seguridad social, en este último tiempo se comenzó a incluir a grupos que antes no estaban considerados por las particularidades de la actividad que desarrollaban”.

Para el titular del organismo en Salta, estas “son medidas que tienen un alto contenido social y un reconocimiento a la tarea de esta gente, porque no es lo mismo una persona que trabaja en un banco, en la city porteña, a uno que está en la zafra. Hay tareas que envejecen prematuramente a quienes las desarrollan”.

Martínez destacó, además, que “todas estas normas diferenciales tienen la contraparte del esfuerzo por el financiamiento y ahí se destaca el cumplimiento de los empleadores en el pago del 2% adicional”.

La titular de la delegación salteña del Renatea, Nora Giménez, destacó que “ya hay una circular específica para trabajar en ese aspecto. Anses habilitó las solicitudes en todas las delegaciones Renatea, tanto de Capital como del interior. Estamos trabajando juntos para seguir afinando todo lo que haga falta para que las jubilaciones puedan ser una realidad cuanto antes”.

Sin embargo, reconoció que “si bien hay muchas personas que cumplen con los requisitos, tanto de la edad como de los años de trabajo, hubo y hay un alto índice de trabajadores no regularizados que no pueden comprobar sus aportes y ahora se va a trabajar para resolver este problema de certificación de aportes de los trabajadores”.

“Va a costar armar los legajos pero será una tarea común entre Anses y Renatea, con el aporte de los sindicatos y las cámaras. Así, el derecho a la jubilación va a ser un beneficio que la gente va a tener pronto”, sentenció.

Con la normativa reglamentada, Giménez manifestó que “lo que cambia ahora es que tenemos las herramientas que estábamos necesitando para la plena aplicación de la ley”.

“Ahora la ley se puede cumplir a pleno. Se reglamenta el funcionamiento de las comisiones asesoras, lo que nos va a permitir convocar a representantes de los sectores de empleadores, de trabajadores y del Gobierno para formar una comisión asesora, la cual funcionará como nuestro órgano de consulta para trabajar en materia de derechos y prestaciones”, finalizó Giménez.

 Los requisitos que se deben cumplimentar

El titular de la Anses Salta, Ernesto Martínez, manifestó que para acceder a la jubilación anticipada hay que cumplir con una serie de requisitos. Recomendó a quienes consideren que están en condiciones de acceder al beneficio que realicen, antes de presentar sus papeles, un reconocimiento de servicios.

Se trata de un trámite turnado de la Anses que sirve para constatar que el trabajador esté efectivamente encuadrado en la categoría de trabajador rural. “En algunos casos pasa que hay quienes trabajaron en una finca pero en tareas que no son específicas del sector y, por lo tanto, no ingresan en este sistema”, advirtió Martínez, y agregó que “el trámite es más importante que la certificación de servicios porque hay que ver si trabajaron efectivamente en el sector rural”

El titular de la Anses Salta admitió que la verificación no es sencilla porque hay que trabajar con archivos y, en algunas ocasiones, se deben hacer inspecciones para asegurarse que recibe el beneficio quien corresponde.

No obstante, se mostró confiado en que, “a futuro, el trámite va a ser más rápido porque con la nueva ley los empleadores ya declararán a sus trabajadores como rurales y serán identificados informáticamente”.

Incluidos y excluidos

Según la circular vigente de la Anses para iniciar el trámite, se define como actividad agraria a la dirigida a la obtención de frutos o productos primarios a través de la realización de tareas pecuarias, agrícolas, forestales, hortícolas, avícolas, apícolas u otras semejantes, siempre que éstos no hayan sido sometidos a ningún tipo de proceso industrial, en tanto se desarrollen en ámbitos rurales.

Están incluidos quienes se hayan desempeñado como encargado, capataz, puestero, artesano, cocinero, conductor tractorista, jardinero o parquero y fruticultor, ordeñador en explotación tambera, peón general, peones especializados, y aquellos que trabajaron en manipulación y almacenamiento de granos de fertilizantes y agroquímicos.

Mientras tanto, están excluidos de los alcances de la norma quienes hayan realizado actividades mixtas, agrario-industriales o agrario-

comerciales o de cualquier otra índole. Se cuentan entre ellos los trabajadores contratados para realizar tareas ajenas a la actividad agraria; administrativos de los establecimientos; personal dependiente del Estado nacional, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de las provincias o municipios; trabajador ocupado en tareas de cosecha o empaque de frutas, que se regirán por la ley 20.744, sus modificatorias y/o complementarias, salvo aquellos que desarrollen las tareas de empaque de frutos y productos agrarios propios; también están excluidos los trabajadores comprendidos en las convenciones colectivas de trabajo con relación a las actividades agrarias incluidas en el régimen de negociación colectiva previsto por la ley 14.250 con anterioridad a la entrada en vigencia del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la ley N§ 22.248.

Para el trámite de reconocimiento de tareas, los turnos se obtienen por internet, llamando al 130 o en las oficinas de la Anses.

 

  • El estatuto del peón rural establece el descanso semanal con sábado inglés y licencia por paternidad de 30 días.
  • Baja la edad jubilatoria de los 65 años (en hombres) o 60 (en el caso de las mujeres), a 57 años con 25 de servicio.
  • Es taxativo en cuanto a que la remuneración del trabajador nunca podrá ser inferior al salario mínimo, vital y móvil.
  • En este sentido, prohíbe además el pago salarial en moneda distinta a la de curso legal, sea en bonos o en especie.

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