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Las “veinte verdades” de la reforma laboral

Miércoles, 15 de noviembre de 2017 21:41

El proyecto del Gobierno es tan amplio, que su sola enumeración excede el espacio de esta columna. Pero para tener un resumen práctico de su contenido,realizamos la siguiente reseña:
1. Blanqueo
Condonación de todas las deudas por capital, intereses, multas y punitorios correspondientes a la seguridad social. Los trabajadores regularizados podrán computar hasta 60 meses de servicios con aportes calculados sobre el salario mínimo. 
El plazo para regularizar será de 365 días desde la sanción de la ley.
2. Contribuciones patronales
Se establece un esquema progresivo de rebaja de las cargas patronales en base a un mínimo no imponible que se modificará anualmente y durante un período de 5 años, calculado sobre un salario bruto de $ 11500.
3. Multas por trabajo no registrado
Se suprimen multas a favor del trabajador que estuviera trabajando “en negro”. Pero se mantiene la más importante, ya no a favor del trabajador, sino de la AFIP.
4. Creación de categorías de trabajador autónomo e independiente
Se crean dos figuras. El trabajador autónomo económicamente dependiente “que preste servicios especializados” y el trabajador independiente que cuente con la colaboración de hasta 4 trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento.
5. Posibilidad de renunciar a derechos adquiridos
La protección al trabajador, hasta ahora, implica que no puede renunciar a sus derechos. El proyecto lo permite mediante simple acuerdo de partes.
6. Solidaridad y subcontratación
Las empresas que subcontraten servicios quedarán eximidas de la responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones de los contratistas con relación a una serie de servicios que antes se consideraban incluidos.
7. Facultad patronal de modificar condiciones laborales (ius variandi)
Se suprime la posibilidad de que el trabajador pida al juez que restablezca sus condiciones de trabajo.
8. Certificado de servicios y remuneraciones
Se modifica el contenido de los certificados y se suprime la multa por su falta de entrega.
9. Contrato a tiempo parcial
Ya no se tendrá en cuenta la jornada habitual de la actividad sino el horario semanal, dando mayor discrecionalidad al empleador.

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El proyecto del Gobierno es tan amplio, que su sola enumeración excede el espacio de esta columna. Pero para tener un resumen práctico de su contenido,realizamos la siguiente reseña:
1. Blanqueo
Condonación de todas las deudas por capital, intereses, multas y punitorios correspondientes a la seguridad social. Los trabajadores regularizados podrán computar hasta 60 meses de servicios con aportes calculados sobre el salario mínimo. 
El plazo para regularizar será de 365 días desde la sanción de la ley.
2. Contribuciones patronales
Se establece un esquema progresivo de rebaja de las cargas patronales en base a un mínimo no imponible que se modificará anualmente y durante un período de 5 años, calculado sobre un salario bruto de $ 11500.
3. Multas por trabajo no registrado
Se suprimen multas a favor del trabajador que estuviera trabajando “en negro”. Pero se mantiene la más importante, ya no a favor del trabajador, sino de la AFIP.
4. Creación de categorías de trabajador autónomo e independiente
Se crean dos figuras. El trabajador autónomo económicamente dependiente “que preste servicios especializados” y el trabajador independiente que cuente con la colaboración de hasta 4 trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento.
5. Posibilidad de renunciar a derechos adquiridos
La protección al trabajador, hasta ahora, implica que no puede renunciar a sus derechos. El proyecto lo permite mediante simple acuerdo de partes.
6. Solidaridad y subcontratación
Las empresas que subcontraten servicios quedarán eximidas de la responsabilidad solidaria respecto de las obligaciones de los contratistas con relación a una serie de servicios que antes se consideraban incluidos.
7. Facultad patronal de modificar condiciones laborales (ius variandi)
Se suprime la posibilidad de que el trabajador pida al juez que restablezca sus condiciones de trabajo.
8. Certificado de servicios y remuneraciones
Se modifica el contenido de los certificados y se suprime la multa por su falta de entrega.
9. Contrato a tiempo parcial
Ya no se tendrá en cuenta la jornada habitual de la actividad sino el horario semanal, dando mayor discrecionalidad al empleador.

Otros puntos

10. Ampliación de licencias
Se amplía la licencia por nacimiento de hijo: actualmente es de 2 días, pasaría a 15. Se crea una licencia de 30 días corridos por año, sin goce de haberes, por razones particulares planificadas.
11. Banco de horas
En el Convenio Colectivo se podrá establecer que las horas extras no se paguen y sean compensadas con disminución de horas.
12. Plazo para la pérdida de derechos laborales
Se reduce de 2 a 1 año el plazo para que los trabajadores puedan reclamar cualquier crédito laboral.
13. Actualización de créditos laborales
Se establece una tasa de interés uniforme para todo el país que fijara el Banco Nación.
14. Indemnizaciones por despido
No se incluirán en la base salarial para el cálculo de las indemnizaciones: sueldo anual complementario, horas extraordinarias, comisiones, premios y/o bonificaciones y compensaciones de gastos.
15. Fondo de cese laboral
En los convenios colectivos se podrá establecer un Fondo de Cese Laboral Sectorial, que podrá reemplazar a la indemnización habitual de preaviso y despido. 
El Fondo se constituirá con un aporte obligatorio a cargo del empleador.
16. Capacitación
Se crea un sistema nacional de formación laboral continua y un instituto tripartito de formación laboral.
17. Prácticas formativas o pasantías
Se crea el sistema de prácticas formativas que no generarán relación laboral y se extenderán también al sector público.
18. Seguro de desempleo ampliado
Se crea un seguro de desempleo ampliado para trabajadores desvinculados de empresas en transformación productiva.
19. Sumas no remunerativas
Se establece la prohibición de acordar sumas no remunerativas en las convenciones colectivas de trabajo. 
20. Creación de la agencia de evaluación de tecnologías de salud 
La inclusión de este organismo (AGNET), sorprende ya que no tiene una relación directa con la cuestión laboral. 
 
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