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Personal doméstico deberá contar con ART

Viernes, 31 de octubre de 2014 16:18

Buenos Aires (NA) -- La AFIP aplicará desde mañana una normativa que permitirá a las trabajadoras de casas particulares contar con el beneficio de una ART, al igual que sucede con los trabajadores en relación de dependencia.

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Buenos Aires (NA) -- La AFIP aplicará desde mañana una normativa que permitirá a las trabajadoras de casas particulares contar con el beneficio de una ART, al igual que sucede con los trabajadores en relación de dependencia.

La Resolución General 3693, que establece la medida, fue publicada hoy en el Boletín Oficial.

La AFIP explicó que actualmente, los empleados de casas particulares se encuentran alcanzados por las coberturas que brinda la seguridad social, y también cobertura de salud.

"A partir de ahora, estará protegido ante cualquier riesgo que se suscite durante su jornada laboral desde que sale de su hogar y hasta el retorno", destacó el organismo, en un comunicado.

En ese sentido, el ente recaudador explicó que los empleadores deberán ingresar mensualmente, por cada uno de los empleados que presten servicio en sus hogares, los importes resultantes según las horas trabajadas.

"El ingreso de esos importes -correspondientes a aportes, contribuciones y riesgos del trabajo- se efectuará mediante el volante de pago F.102/RT", puntualizó la información oficial.

Asimismo, la AFIP señaló que el pago de aportes y contribuciones "seguirá siendo a mes vencido, en tanto que el pago del componente de ART se efectuará mediante el mismo formulario cancelando el mes por iniciarse de modo anticipado".

La resolución oficial precisó que los aportes mensuales correspondientes a la cuota de riesgos del trabajo serán de 130 pesos para menos de 12 horas trabajadas semanalmente; 165 pesos (de 12 a menos de 16 horas) y 230 pesos (por 16 horas o más).

De este modo, el monto total que deberán pagar los empleadores de personal doméstico, en el caso de mayores de 18 años, será de 161, 224 y 498 pesos, respectivamente.

Para menores de 18 años pero mayores de 16, serán de v149, 200 y 463 pesos; mientras que por cada trabajador jubilado se determinaron sumas de 142, 189 y 265 pesos, respectivamente.

Según lo dispuesto, cada empleador tendrá la opción de elegir una ART, y en caso de no hacerlo, la Superintendencia de Riesgo de Trabajo la designará por sorteo.

También, en caso de que se termine la relación laboral, el empleador pagará con el Formulario F1350 únicamente aportes y contribuciones del último mes trabajado; al inicio del mes de finalización de la relación laboral, el empleador ya debería haber pagado con el Formulario F102/RT la cuota de la ART de ese mes.

"Así, a partir de la implementación de este beneficio se les brinda al colaborador hogareño una situación de inclusión y un concreto acceso a derechos que, como trabajadores, les corresponden", resaltó la AFIP.

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