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Adopción unilateral

Miércoles, 07 de octubre de 2015 01:30
La Cámara de Familia de 1º Nominación de la ciudad de Córdoba concedió la adopción unilateral de un adolescente a uno de los cónyuges de una pareja que se encuentra separada de hecho y en trámite de divorcio, en conformidad con el nuevo Código Civil y Comercial, destacó el tribunal en el fallo.
Según información de Tribunales difundida ayer, la guarda con fines de adopción había sido concedida originariamente al matrimonio en 2008 pero cuando la pareja se separó la mujer se mudó de ciudad y le fue concedida a ella la guarda, aunque posteriormente, por orden judicial, se revocó tal decisión y se la concedió al ahora adoptante.
El hombre demandó la adopción del adolescente bajo el argumento de que él siempre lo había considerado y tratado como a un hijo.
El Tribunal consideró que "ha quedado probado que el otorgamiento de la adopción solicitada es la respuesta que mejor garantiza el interés superior del adolescente", ya que si bien el peticionante está separado de su cónyuge "esta situación no es obstáculo para la procedencia de la petición según la regulación legal vigente, ya que se prevé especialmente tal posibilidad para la adopción unilateral" en el artículo 603 del nuevo Código Civil. El adolescente "aseguró conocer el motivo del presente trámite y dijo querer ser hijo de su papá (en alusión al adoptante)".

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La Cámara de Familia de 1º Nominación de la ciudad de Córdoba concedió la adopción unilateral de un adolescente a uno de los cónyuges de una pareja que se encuentra separada de hecho y en trámite de divorcio, en conformidad con el nuevo Código Civil y Comercial, destacó el tribunal en el fallo.
Según información de Tribunales difundida ayer, la guarda con fines de adopción había sido concedida originariamente al matrimonio en 2008 pero cuando la pareja se separó la mujer se mudó de ciudad y le fue concedida a ella la guarda, aunque posteriormente, por orden judicial, se revocó tal decisión y se la concedió al ahora adoptante.
El hombre demandó la adopción del adolescente bajo el argumento de que él siempre lo había considerado y tratado como a un hijo.
El Tribunal consideró que "ha quedado probado que el otorgamiento de la adopción solicitada es la respuesta que mejor garantiza el interés superior del adolescente", ya que si bien el peticionante está separado de su cónyuge "esta situación no es obstáculo para la procedencia de la petición según la regulación legal vigente, ya que se prevé especialmente tal posibilidad para la adopción unilateral" en el artículo 603 del nuevo Código Civil. El adolescente "aseguró conocer el motivo del presente trámite y dijo querer ser hijo de su papá (en alusión al adoptante)".

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