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Condena por "femicidio"

Viernes, 04 de diciembre de 2015 01:30
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme por primera vez una condena a reclusión perpetua por "femicidio", impuesta a un hombre que mató y descuartizó a su pareja en marzo de 2013 en Catamarca, informaron ayer fuentes judiciales.
Con la firma del presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, y la de los ministros Elena Highton de Nolasco y Carlos Fayt, se desestimó por "cuestiones formales" el planteo efectuado por la defensa de Francisco Adrián Quiroga (54), quien cumple la pena máxima por el crimen de María Rita Valdéz (23).
El recurso de queja había llegado a la Corte nacional tras una presentación efectuada por el abogado del imputado, Víctor García, luego de que el planteo fuera rechazado por la Corte de Justicia de Catamarca.
El homicida, conocido como "Negro La Carpa" y con antecedentes por otros delitos, fue declarado "reincidente" y condenado en junio de 2014 por la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación de Catamarca.
Los jueces Fernando Esteban, Fabricio Gershani y Rodrigo Morabito lo hallaron responsable de "homicidio agravado por femicidio", en una de las primeras condenas dictadas en el país con la inclusión de ese agravante.
La figura se incorporó al Código Penal en diciembre de 2012 a través de una reforma del artículo 80, que en su inciso 11 prevé prisión o reclusión perpetua cuando un hombre mate a una mujer y mediare violencia de género.
También se incorporó lo que se conoce como "femicidio vinculado", que es matar "con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación", como -por ejemplo- asesinar a sus hijos u otros familiares.
De acuerdo a la investigación, Quiroga mató a su pareja, a quien obligaba a ejercer la prostitución, tras lo cual descuartizó su cuerpo y arrojó las partes en las aguas del dique El Jumeal, en la capital catamarqueña.
El 5 de marzo de 2013, se encontró la cabeza y extremidades flotando en las aguas del dique, pero, como el tórax aún no fue hallado, los investigadores no pudieron determinar en forma fehaciente la causa de muerte de la joven y sólo se constató que tenía golpes en el cráneo, y una puñalada debajo del mentón.
Los jueces resolvieron "por la investigación policial, judicial y los testimonios de varias personas", entre ellas la madre de la víctima y las denuncias de su pareja por malos tratos, que se acreditaba la culpabilidad de Quiroga.
De acuerdo a las evidencias, el crimen se habría cometido tras una discusión entre los integrantes de la pareja, por la negativa a entregar dinero producto de la explotación sexual que Quiroga ejercía sobre Valdez, madre de dos hijos, uno del imputado.
Durante los alegatos del juicio, los fiscales Jorge Silva Molina y Miguel Mauvecín solicitaron la pena de prisión perpetua, mientras que el defensor de Quiroga pidió su absolución por falta de pruebas y que se busquen otros responsables.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme por primera vez una condena a reclusión perpetua por "femicidio", impuesta a un hombre que mató y descuartizó a su pareja en marzo de 2013 en Catamarca, informaron ayer fuentes judiciales.
Con la firma del presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, y la de los ministros Elena Highton de Nolasco y Carlos Fayt, se desestimó por "cuestiones formales" el planteo efectuado por la defensa de Francisco Adrián Quiroga (54), quien cumple la pena máxima por el crimen de María Rita Valdéz (23).
El recurso de queja había llegado a la Corte nacional tras una presentación efectuada por el abogado del imputado, Víctor García, luego de que el planteo fuera rechazado por la Corte de Justicia de Catamarca.
El homicida, conocido como "Negro La Carpa" y con antecedentes por otros delitos, fue declarado "reincidente" y condenado en junio de 2014 por la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación de Catamarca.
Los jueces Fernando Esteban, Fabricio Gershani y Rodrigo Morabito lo hallaron responsable de "homicidio agravado por femicidio", en una de las primeras condenas dictadas en el país con la inclusión de ese agravante.
La figura se incorporó al Código Penal en diciembre de 2012 a través de una reforma del artículo 80, que en su inciso 11 prevé prisión o reclusión perpetua cuando un hombre mate a una mujer y mediare violencia de género.
También se incorporó lo que se conoce como "femicidio vinculado", que es matar "con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación", como -por ejemplo- asesinar a sus hijos u otros familiares.
De acuerdo a la investigación, Quiroga mató a su pareja, a quien obligaba a ejercer la prostitución, tras lo cual descuartizó su cuerpo y arrojó las partes en las aguas del dique El Jumeal, en la capital catamarqueña.
El 5 de marzo de 2013, se encontró la cabeza y extremidades flotando en las aguas del dique, pero, como el tórax aún no fue hallado, los investigadores no pudieron determinar en forma fehaciente la causa de muerte de la joven y sólo se constató que tenía golpes en el cráneo, y una puñalada debajo del mentón.
Los jueces resolvieron "por la investigación policial, judicial y los testimonios de varias personas", entre ellas la madre de la víctima y las denuncias de su pareja por malos tratos, que se acreditaba la culpabilidad de Quiroga.
De acuerdo a las evidencias, el crimen se habría cometido tras una discusión entre los integrantes de la pareja, por la negativa a entregar dinero producto de la explotación sexual que Quiroga ejercía sobre Valdez, madre de dos hijos, uno del imputado.
Durante los alegatos del juicio, los fiscales Jorge Silva Molina y Miguel Mauvecín solicitaron la pena de prisión perpetua, mientras que el defensor de Quiroga pidió su absolución por falta de pruebas y que se busquen otros responsables.

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