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Piden sanciones para empresas de telefonía

Jueves, 21 de mayo de 2015 00:00
<p>VÍCTOR GALARZA</p>

Ante los numerosos reclamos recibidos por el mal servicio brindado por empresas de telefonía móvil, el Defensor del Pueblo de Jujuy, Víctor Galarza, solicitó a la Secretaría de Comunicaciones de la Nación y a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), aplicar a las mismas las multas detalladas en la Resolución Dpjuj-022-15.

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Ante los numerosos reclamos recibidos por el mal servicio brindado por empresas de telefonía móvil, el Defensor del Pueblo de Jujuy, Víctor Galarza, solicitó a la Secretaría de Comunicaciones de la Nación y a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), aplicar a las mismas las multas detalladas en la Resolución Dpjuj-022-15.

"Esa solicitud se fundamenta en que los descargos realizados por las empresas de telefonía móvil Personal y Claro, no acreditan la prestación de un servicio eficiente y continuo en la provincia de Jujuy, lo cual viola los derechos de los usuarios previstos en el Reglamento General de Servicios, la Ley de Defensa del Consumidor, la Constitución Nacional y Provincial".

Además de las sanciones requeridas, Víctor Galarza a través de la resolución Dpjuj-022-15 solicita a la Secretaría de Comunicaciones de la Nación y a la CNC la devolución del porcentaje del abono equivalente a los días sin servicio. A su vez, insta a las autoridades mencionadas para que ordenen a las compañías solucionar los reclamos de los usuarios en tiempos más cortos. De esta forma se deberán resolver inconvenientes por deficiencias e interrupciones en 24 horas y en casos de facturación entre tres y cinco días.

En base a los reclamos y el impacto de las comunicación en la vida diaria, el ombudsman provincial también solicitó a las autoridades nacionales que en el caso de los clientes con sistema de abono, las empresas deban reintegrar la diferencia más los intereses que correspondan en los reclamos por facturación a favor de los mismos como la devolución del crédito no utilizado en un plazo de 30 días de finalizado el contrato. En el caso de clientes del sistema prepago se deberá mantener la vigencia por seis meses para las recargas con tarjeta. También se requirió la notificación a los usuarios a través de mensajes de texto cuando el consumo ascienda a un 80 % del promedio mensual en los casos de roaming internacional, entre otras recomendaciones destacadas en la resolución. Bajo los argumentos presentados se requiere la actualización del Reglamento de Clientes el cual ha quedado desactualizado al momento de brindar un servicio tan significativo en estos tiempos.

Finalmente, cabe destacar que la presentación efectuada por el Defensor del Pueblo de Jujuy se fundamenta en las facultades que le otorga la Ley de Creación, ratificadas por sentencias judiciales.