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Se puede pagar vía online o en sede de Rentas | Régimen de Facilidades de Pago, Juzgado de Faltas, Municipalidad de San Salvador de Jujuy., pago por faltas y contravenciones, moratoria en vigencia

Domingo, 26 de julio de 2015 00:00

Desde el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy se recordó a los contribuyentes en general, que ante las medidas de fuerza del gremio que nuclea a empleados y obreros municipales, el pago por faltas y contravenciones que implica la moratoria en vigencia, se podrá efectivizar en Rentas de calle Otero o directamente vía online.

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Desde el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy se recordó a los contribuyentes en general, que ante las medidas de fuerza del gremio que nuclea a empleados y obreros municipales, el pago por faltas y contravenciones que implica la moratoria en vigencia, se podrá efectivizar en Rentas de calle Otero o directamente vía online.

En ese contexto, el presidente del Juzgado Administrativo de Faltas, Gastón Millón, precisó que "este beneficio comenzó el 1 de julio, se trata de un nuevo Régimen de Facilidades de Pago destinado a Faltas y Contravenciones que tienen los contribuyentes con el municipio".

Para el caso del estacionamiento tarifado, por contravenciones de tarjetas, se establece el pago de $ 100 para cada una.

En cuanto a la extensión se fijó por normativa en sesenta días, con descuentos importantes del 70 %, que se puede efectivizar directamente por la página web de Rentas de Capital www.rentasmunijujuy.gob.ar de manera directa o por la página recientemente habilitada www.sansalvadordejujuy.gob.ar que cuenta con un link que lleva a la realización de esa operatoria.

En tanto en los días que está limitado el acceso al edificio "4 de Junio" debido a las medidas de fuerza por parte del Seom la atención será en el edificio de Rentas de calle Otero en horario corrido, de 8 a 17 o directamente vía online.

La normativa

El Régimen Especial, Optativo y Temporario de Regularización de Deudas por Faltas y Contravenciones Municipales incluye todas las faltas y contravenciones cometidas hasta el 31 de mayo del presente año, se encuentren o no en trámite administrativo o judicial a la fecha de la sanción de la ordenanza 6.756/2015 (18 de junio de 2015).

El plazo que tendrán los contribuyentes para acogerse a los beneficios será de 60 días corridos a computarse desde la promulgación.

Los contribuyentes que se acojan al Régimen deberán abonar sus obligaciones de contado. Beneficios: a) Causas en trámite administrativo: quita del 70 % del monto mínimo previsto para cada especie de infracción. b) Causas con sentencia en procedimiento administrativo: quita del 70 % del monto mínimo previsto y condonación total de intereses.c) Causas en trámite de apremio judicial: Quita del 70 % del capital reclamado, honorarios y acrecidas y condonación total de intereses.