Entre los considerando el TOF les informó a los querellantes Daniel Vivas y Eduardo Vergara que no se encuentra en su poder el correspondiente expediente en virtud de no haber sido remitido aún desde la Cámara Federal de Casación Penal, que rechazó el pedido de la defensa técnica de Sala por no reunir los requisitos formales, por lo cual se lo declaró inadmisible el 14 del corriente mes.
Sala y los otros dos dirigentes de la "Tupac Amaru" fueron sobreseídos en mayo por el Tribunal Oral Federal de Jujuy porque la acusación estaba prescripta. La Sala IV de Casación revocó esa decisión y ordenó que el caso se vuelva a analizar.
Los camaristas de Casación Penal, Mariano Borinsky,Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani aceptaron los planteos y señalaron que, como sostiene la querella, el caso se debe analizar desde el delito más grave que es el "amenazas coactivas, cuyo máximo legal punitivo es de 4 años de prisión".
Por su parte, Gemignani le solicitó al Tribunal Oral Federal de Jujuy la "urgente realización del juicio oral y público a los imputados".
"La vigencia de la acción penal en autos debe ser evaluada atendiendo a la calificación más gravosa postulada por la querella, pues sólo así se tendrá la seguridad acerca de la extinción o subsistencia de la acción penal; sin perjuicio de que al tiempo del pronunciamiento definitivo, se concluya en una significación jurídica más benigna, declarándose entonces la prescripción", sostuvieron.
Asimismo los miembros del Tribunal Oral Federal de Jujuy habría informado en su escrito que "la solicitud será tenida en cuenta para su oportunidad"
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Entre los considerando el TOF les informó a los querellantes Daniel Vivas y Eduardo Vergara que no se encuentra en su poder el correspondiente expediente en virtud de no haber sido remitido aún desde la Cámara Federal de Casación Penal, que rechazó el pedido de la defensa técnica de Sala por no reunir los requisitos formales, por lo cual se lo declaró inadmisible el 14 del corriente mes.
Sala y los otros dos dirigentes de la "Tupac Amaru" fueron sobreseídos en mayo por el Tribunal Oral Federal de Jujuy porque la acusación estaba prescripta. La Sala IV de Casación revocó esa decisión y ordenó que el caso se vuelva a analizar.
Los camaristas de Casación Penal, Mariano Borinsky,Gustavo Hornos y Juan Carlos Gemignani aceptaron los planteos y señalaron que, como sostiene la querella, el caso se debe analizar desde el delito más grave que es el "amenazas coactivas, cuyo máximo legal punitivo es de 4 años de prisión".
Por su parte, Gemignani le solicitó al Tribunal Oral Federal de Jujuy la "urgente realización del juicio oral y público a los imputados".
"La vigencia de la acción penal en autos debe ser evaluada atendiendo a la calificación más gravosa postulada por la querella, pues sólo así se tendrá la seguridad acerca de la extinción o subsistencia de la acción penal; sin perjuicio de que al tiempo del pronunciamiento definitivo, se concluya en una significación jurídica más benigna, declarándose entonces la prescripción", sostuvieron.
Asimismo los miembros del Tribunal Oral Federal de Jujuy habría informado en su escrito que "la solicitud será tenida en cuenta para su oportunidad"