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Inconstitucionalidad de los fueros del Parlasur

Miércoles, 16 de marzo de 2016 01:30
JUEZ DE CAUSAS PABLO PULLEN LLERMANOS
El juez de Instrucción de Causas de nuestra provincia Pablo Pullen Llermanos declaró la inconstitucionalidad de ley que hacía extensible las inmunidades de la Constitución para los legisladores nacionales hacia los legisladores del Parlasur, y con esta determinación fue resuelto el planteo de nulidad de la defensa de la dirigente de la organización barrial Milagro Sala, para que se cumple el cese de detención.
El planteo manifiesta que se está ampliando indebidamente la nueva norma supranacional a través de una ley.
En diálogo con el Tribuno de Jujuy el letrado manifestó que "hace 10 días los abogados defensores de Sala plantearon una nulidad por la orden detención por la imputación de "encubrimiento agravado" y el viernes pasado se resolvió el planteo de nulidad disponiendo el rechazo del mismo y manteniendo de la detención". Entre los fundamentos se encuentra la declaración que hizo este juzgado de inconstitucionalidad del artículo 16 de la ley 27120
Esta ley entró en vigencia a principios del 2015 y hacía extensible la inmunidad de arresto prevista en la Constitución para los legisladores nacionales y provinciales hacia los legisladores del parlamento del Mercosur, o sea a los argentinos que representaran al país en el parlasur.
"Resulta que la normativa del parlasur no tiene prevista la inmunidad de arresto, sino inmunidad de opinión. Con lo que cual se produjo una doble lesión. La lesión en la Constitución se produjo por haber extendido el campo de aplicación hacia sujetos que no fueron elegidos por los comisionales constituyentes al momento de redactar la Constitución. Por una ley ampliaron el ámbito de aplicación sin inmunidades constitucionales, por eso es repugnante a la Constitución el artículo 16 de la ley 27120", dijo Pullen Llermanos.
Además el juez aclaró que "a su vez amplía también la normativa supranacional en virtud de que ella no contiene la inmunidad de arresto y al hacer extensible la Constitución para los representantes argentinos, se está ampliando indebidamente la nueva norma supranacional a través de una ley de nuestro país".
De modo que lo que refiere al Juzgado y a esta causa porque no tiene efecto "erga omnes".
"Ella (Sala) no goza de la nulidad que pretende con la que su defensa plantea que es nula su detención.
Cabe recordar que Sala está detenida e imputada por "encubrimiento agravado" por una causa que data del año 2007, cuando dos sujetos atacaron a tiros a una vivienda del barrio San Francisco de Álava y una menor de 10 años resultó herida en el abdomen. Según la imputación que pesa sobre Sala, ella sería quien habría encubierto y ayudado a un sujeto de apellido Paez, recientemente detenido en la ciudad salteña de Tartagal, que permanezco prófugo de la Justicia desde el año 2007.

Sala a juicio por amenazas
Milagro Sala irá a juicio oral y público por un hecho de amenaza ocurrido el pasado 13 de octubre de 2014.
Así lo hizo saber el Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Jujuy, imputando a Sala por dos hechos de "amenazas en concurso real", previstos y penados por los artículos 149 bis y 55 del Código Penal de la Nación.
El hecho tuvo lugar en la seccional 56º del barrio Atsa de Alto Comedero de nuestra ciudad, mientras el oficial Rubén Vásquez recibía una denuncia, se hizo presente el abogado Alberto Bellido refiriéndole que la entonces diputada provincial quería hablar con él.
Vía telefónica Sala le habría exigido de forma autoritaria al oficial que le restituyera las prendas de vestir que habían sido secuestradas a una mujer de apellido Vargas por orden de la Fiscalía de turno. Amenazando que si no cumplía con la orden, "iba a poner una bomba en la comisaría".
Luego, alrededor de las 22.50 la jefa de seccional Silvina Cabero recibió un llamado, diciendo que era la diputada Sala y le habría manifestado la misma amenaza de colocar una bomba en la sede policial.


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El juez de Instrucción de Causas de nuestra provincia Pablo Pullen Llermanos declaró la inconstitucionalidad de ley que hacía extensible las inmunidades de la Constitución para los legisladores nacionales hacia los legisladores del Parlasur, y con esta determinación fue resuelto el planteo de nulidad de la defensa de la dirigente de la organización barrial Milagro Sala, para que se cumple el cese de detención.
El planteo manifiesta que se está ampliando indebidamente la nueva norma supranacional a través de una ley.
En diálogo con el Tribuno de Jujuy el letrado manifestó que "hace 10 días los abogados defensores de Sala plantearon una nulidad por la orden detención por la imputación de "encubrimiento agravado" y el viernes pasado se resolvió el planteo de nulidad disponiendo el rechazo del mismo y manteniendo de la detención". Entre los fundamentos se encuentra la declaración que hizo este juzgado de inconstitucionalidad del artículo 16 de la ley 27120
Esta ley entró en vigencia a principios del 2015 y hacía extensible la inmunidad de arresto prevista en la Constitución para los legisladores nacionales y provinciales hacia los legisladores del parlamento del Mercosur, o sea a los argentinos que representaran al país en el parlasur.
"Resulta que la normativa del parlasur no tiene prevista la inmunidad de arresto, sino inmunidad de opinión. Con lo que cual se produjo una doble lesión. La lesión en la Constitución se produjo por haber extendido el campo de aplicación hacia sujetos que no fueron elegidos por los comisionales constituyentes al momento de redactar la Constitución. Por una ley ampliaron el ámbito de aplicación sin inmunidades constitucionales, por eso es repugnante a la Constitución el artículo 16 de la ley 27120", dijo Pullen Llermanos.
Además el juez aclaró que "a su vez amplía también la normativa supranacional en virtud de que ella no contiene la inmunidad de arresto y al hacer extensible la Constitución para los representantes argentinos, se está ampliando indebidamente la nueva norma supranacional a través de una ley de nuestro país".
De modo que lo que refiere al Juzgado y a esta causa porque no tiene efecto "erga omnes".
"Ella (Sala) no goza de la nulidad que pretende con la que su defensa plantea que es nula su detención.
Cabe recordar que Sala está detenida e imputada por "encubrimiento agravado" por una causa que data del año 2007, cuando dos sujetos atacaron a tiros a una vivienda del barrio San Francisco de Álava y una menor de 10 años resultó herida en el abdomen. Según la imputación que pesa sobre Sala, ella sería quien habría encubierto y ayudado a un sujeto de apellido Paez, recientemente detenido en la ciudad salteña de Tartagal, que permanezco prófugo de la Justicia desde el año 2007.

Sala a juicio por amenazas
Milagro Sala irá a juicio oral y público por un hecho de amenaza ocurrido el pasado 13 de octubre de 2014.
Así lo hizo saber el Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Jujuy, imputando a Sala por dos hechos de "amenazas en concurso real", previstos y penados por los artículos 149 bis y 55 del Código Penal de la Nación.
El hecho tuvo lugar en la seccional 56º del barrio Atsa de Alto Comedero de nuestra ciudad, mientras el oficial Rubén Vásquez recibía una denuncia, se hizo presente el abogado Alberto Bellido refiriéndole que la entonces diputada provincial quería hablar con él.
Vía telefónica Sala le habría exigido de forma autoritaria al oficial que le restituyera las prendas de vestir que habían sido secuestradas a una mujer de apellido Vargas por orden de la Fiscalía de turno. Amenazando que si no cumplía con la orden, "iba a poner una bomba en la comisaría".
Luego, alrededor de las 22.50 la jefa de seccional Silvina Cabero recibió un llamado, diciendo que era la diputada Sala y le habría manifestado la misma amenaza de colocar una bomba en la sede policial.


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