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Lo que necesitas saber para comprar en el exterior

Jueves, 28 de julio de 2016 11:28
A partir del 26 de agosto próximo entrará en vigencia las nuevas disposiciones para realizar compras en el exterior del país. Por este motivo es que desde el Gobierno Nacional informaron que las nuevas resoluciones dejan sin efecto al formulario 4550, y los trámites presenciales para los envíos habilitados puerta a puerta.

En ese marco en el portal de Casa Rosada expusieron que la entrega de paquetes dentro del país se podrán realizar a través del Correo Argentino, como así también por servicios privados.
¿Cuáles son los límites?
  • 1.000 dólares

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A partir del 26 de agosto próximo entrará en vigencia las nuevas disposiciones para realizar compras en el exterior del país. Por este motivo es que desde el Gobierno Nacional informaron que las nuevas resoluciones dejan sin efecto al formulario 4550, y los trámites presenciales para los envíos habilitados puerta a puerta.

En ese marco en el portal de Casa Rosada expusieron que la entrega de paquetes dentro del país se podrán realizar a través del Correo Argentino, como así también por servicios privados.
¿Cuáles son los límites?
  • 1.000 dólares

  • 50 kilogramos

  • 3 unidades del mismo producto

  • 5 compras anuales

  • No debe presumir un fin comercial

¿Qué empresas hacen la entrega?


  • Correo Argentino

  • Couriers privados


¿Qué compras se reciben en el domicilio?


  • Hasta US$ 200 de valor máximo

  • Hasta 2 kilogramos de peso como máximo


¿Y si se exceden esos límites?

Cuando la mercadería supera el límite de 200 dólares y/o 2 kilogramos, existen dos modalidades según el correo por el cual ingrese la mercadería al país:

Correo Argentino

  • El correo proporcionará un número de seguimiento llamado "tracking ID".

  • Impuestos: en la web de AFIP, el ciudadano deberá declarar con el número de seguimiento el valor y descripción del producto para generar el Volante Electrónico de Pago (VEP) con los impuestos a abonar.

En el caso del correo oficial, si el peso y valor no supera el límite de 2 kg y 200 dólares, el paquete será entregado en el domicilio. En caso de superarlo, el procedimiento es el mismo, pero se retirará la mercadería en la sucursal.

Libros, impresos y documentos serán liberados mediante la modalidad puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar ningún tipo de declaración, cuando ingresen a través del Correo Oficial.

Correos privados

El courier prestador del servicio será el encargado de declarar el contenido de la compra y pagar los impuestos ante la AFIP por cuenta del cliente.

IMPORTANTE: una vez entregada la mercadería, el comprador tiene un plazo máximo de 30 días corridos para notificar la recepción ante la AFIP, o no podrá recibir posteriores envíos.

Fuente: Casa Rosada