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Sala obtendría otra vez prisión domiciliaria

La Corte Suprema de Justicia de Nación ordenó que se dé cumplimiento en forma urgente a esta resolución de la Cidh.

Lunes, 11 de diciembre de 2017 00:00

Un comunicado del Poder Judicial de la Provincia informó sobre la modalidad de cumplimiento de la prisión preventiva de la dirigente social Milagro Sala, dando cuenta la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que por el voto mayoritario que "con carácter de urgente", adopten las medidas correspondientes para dar cabal cumplimiento con lo decidido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la resolución del pasado 23 de noviembre.

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Un comunicado del Poder Judicial de la Provincia informó sobre la modalidad de cumplimiento de la prisión preventiva de la dirigente social Milagro Sala, dando cuenta la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que por el voto mayoritario que "con carácter de urgente", adopten las medidas correspondientes para dar cabal cumplimiento con lo decidido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la resolución del pasado 23 de noviembre.

La Corte Interamericana había resuelto que la Justicia argentina arbitre otras formas de detención para Sala y recomendaba que sea con prisión domiciliaria.

En tanto que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó recientemente el recurso extraordinario federal presentado por los abogados de Sala en el entendimiento que la sentencia apelada, del Superior Tribunal de Justicia, no resulta arbitraria, ya que en ella se analizó el riesgo que generaría al proceso la medida solicitada, en tanto incrementaría las posibilidades del entorpecimiento de la investigación.

Ese es uno de los argumentos principales que esgrimió en su decisión el máximo tribunal del país, que en consecuencia confirmó la prisión preventiva de Sala, quien está imputada por la supuesta autoría de los delitos de "asociación ilícita en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión".

Por otro lado la Corte Suprema dejó en claro que "la satisfacción de los requisitos que debe reunir la medida de prisión preventiva de Sala, corresponde al criterio de los jueces de la causa por la que es investigada.

"Son los jueces de grado quienes están en mejores condiciones para evaluar, en virtud de su mayor inmediatez, las circunstancias fácticas relevantes que pueden justificar la detención cautelar de una persona que todavía no ha sido condenada".

Es así que para la Corte Suprema, se aplicaron razonadamente las normas procesales locales, considerando la particular naturaleza y el modo comisivo de los hechos bajo juzgamiento. "Se plasmó de modo suficientemente fundado la valoración de los jueces sobre la presencia de una sospecha razonable de que la acusada obstaculizará el proceso intimidando a los testigos o induciéndolos a falsear su declaración".

Los magistrados nacionales además consideraron que la prisión preventiva de Milagro Sala fue justificada en la existencia de un "entramado organizacional" a disposición de Sala, presuntamente utilizado para infundir temor por las consecuencias adversas de enfrentar sus intereses.