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Documentación esencial para viajar

Son varios requisitos a tener en cuenta para vacacionar fuera y dentro del país, sobre todo en lo que respecta a niños.

Sabado, 16 de diciembre de 2017 21:14

Ante la proximidad de la temporada vacacional, el director del Registro Civil de la Provincia, Daniel Ferreyra, brindó detalles sobre la documentación indispensable a tener en cuenta a la hora de salir de viaje con menores de edad.

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Ante la proximidad de la temporada vacacional, el director del Registro Civil de la Provincia, Daniel Ferreyra, brindó detalles sobre la documentación indispensable a tener en cuenta a la hora de salir de viaje con menores de edad.

Los niños que viajen fuera del país con algún progenitor deben llevar autorización del otro ante escribano y el acta de nacimiento.

Llega fin de año y con ello empiezan las vacaciones familiares. Sin embargo, existe una serie de documentación fundamental que muchos desconocen o dejan para último momento, a la hora de planificar los viajes.

Para evitar complicaciones a los viajeros, El Tribuno de Jujuy dialogó con el titular del Registro Civil, quien especificó todos los requisitos a tener en cuenta para viajar tanto fuera como dentro del país, haciendo una especial mención a los documentos para transitar con niños, adolescentes menores de 18 años.

En primer lugar, Ferreyra recordó la vigencia de la Resolución 480/16, establecida por el Gobierno nacional desde el 1 de noviembre de 2016. La misma, informó, establece que las personas que deseen viajar a otro país deben tener el documento digitalizado. "Solo se puede salir con la cédula. Todos los anteriores, excepto la tarjeta que se incluía con el documento celeste, no serán válidos para poder salir del país", advirtió el funcionario.

Destacó que el DNI es el único documento de viaje válido para egresar del país con destino a países miembros o asociados del Mercosur (Bolivia, Brasil, Paraguay, Uruguay, Chile, Ecuador, Colombia, Venezuela, Perú), sin necesidad de contar obligatoriamente con pasaporte. En tanto que para viajar a ciudades no comprendidas al Mercosur, es obligatoria la presentación del pasaporte. "La recomendación es que si van a salir al extranjero, primero consultar en migraciones si necesitan pasaporte para no verse en problemas al momento de viajar y si es así, tramitarlo con tiempo", sostuvo el director, al tiempo que informó que para circular dentro del territorio argentino todavía son válidas las versiones anteriores del documento digitalizado (DNI tapa verde, la libreta de enrolamiento o el tapa celeste).

En esa línea, Ferreyra hizo especial hincapié en la documentación necesaria para viajar con niños y expresó: "aquellos que salen de vacaciones con menores de 18 años, tanto dentro como fuera del país, deben llevar siempre el DNI del menor y un acta de nacimiento para acreditar el vínculo", afirmó.

Detalló que si se quiere circular dentro del territorio argentino con un niño acompañado solo por uno de los progenitores, "no es necesaria la autorización del padre"; mientras que para salir al extranjero en compañía de un progenitor, "tienen que llevar la autorización del otro padre o madre, ante escribano público, siempre con el acta de nacimiento".

Finalmente mencionó que desde agosto de 2016 se instaló la obligación que si un menor de edad viaja sin compañía de sus progenitores, el acompañante ya sea tío, abuelo o pariente "tiene que ir con la autorización de uno de los dos progenitores. No puede viajar sin autorización por más que esté con el abuelo o el hermano", aclaró.

"Todas estas recomendaciones son para evitar situaciones que se presentan bastante seguido, tenemos casos de gente que se vuelve de Jama porque no lleva la documentación y no lo dejan pasar, así que son detalles que la gente que quiere viajar debe tener en cuenta", enfatizó Ferreyra para disfrutar de las vacaciones y no tener que suspender por trámites.

 

Está en vigencia la resolución 480/16, establecida por el Gobierno nacional desde el 1 de noviembre de 2016.

 

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