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"El proyecto de Reforma Laboral no ofrece grandes ventajas para los trabajadores"

El consultor, capacitador laboral y docente de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, se refirió a los alcances del proyecto de Reforma Laboral impulsado por el Gobierno Nacional.Destacó, al disertar en Jujuy, los cambios que propone en los contratos de trabajo, las indemnizaciones, las ventajas que proporcionará para los empleadores y los pocos beneficios que brindará para los trabajadores. 

Martes, 19 de diciembre de 2017 11:43

¿Cuáles son los principales ejes del proyecto de Reforma Laboral?

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¿Cuáles son los principales ejes del proyecto de Reforma Laboral?

3Los ejes principales tienen que ver, en primer lugar, con el cambio del régimen indemnizatorio, para aplicar un sistema parecido al que tienen los obreros de la construcción quienes mantienen vínculos que no son estables en el tiempo porque van a hacer un trabajo puntual, lo terminan y no tiene mucho sentido que el empleador absorba ese costo fijo porque no lo puede soportar. Entonces, no es que lo echa pero le da de baja, con la expectativa de poder contratarlo en otro momento cuando haya otro trabajo. Llevando ese criterio a los contratos comunes, que son en principio estables en el tiempo, la situación se modifica radicalmente al pensar que si hay que despedir a alguien no es un gasto en ese momento sino que igual tengo que ir pagando todos los meses una parte. Esto regiría para los nuevos contratos celebrados a partir de la vigencia de la ley y de manera optativa, de modo que el empleador podría quedarse con el régimen anterior. Este régimen anterior, en caso de mantenerse, también tiene algunos cambios en cuanto a la base de cálculos del resarcimiento.

¿De qué manera beneficia a los empleadores?

El proyecto busca replantear el costo laboral, no sé si reducirlo. Una pequeña parte de los empleadores genera una recaudación que supera a todo el resto, esto tiene que ver con la masa salarial que tienen esos empleadores y la cantidad de personas. Estos pocos empleadores pagan un 21% y el resto 17% de sus sistema de Seguridad Social a eso hay que agregarle una póliza de Riesgos de Trabajo y el seguro de salud, es decir que un empleador pequeño, que constituye el 80% de los casos, está pagando, entre todos los conceptos, un 23 o 30%, mientras que los más grandes pagan prácticamente lo mismo o un poco más. Lo llamativo es que quienes hoy pagan un 17% pasarían a pagar casi un 20% y si bien eso es gradual el impacto en la recaudación sería relativo, pero no veo que se dé un tratamiento preferencial a los más pequeños, lo cual me sorprendió.

¿Qué modificaciones hay en torno a los microempleadores que son monotributistas?

El proyecto deroga la ley 26.940 que establecía un beneficio permanente para  microempleadores que son contribuyentes que están involucrados con el régimen simplificado o monotributo, los cuales actualmente adhieren al beneficio de pagar la mitad de la  contribución en tanto tengan un marco de facturación muy bajo, de menos de dos millones de pesos por año, a partir de la ley muchos empleadores ya no van a poder tomar más este beneficio y lamentablemente es el sector más vulnerable porque son los más pequeños. En Jujuy hay un recupero del IVA muy importante por un decreto del año 2001, que es de un 7% de la masa salarial o un poco más. Ese régimen de recupero del IVA a través de la masa salarial, es decir, el empleador que paga la contribución patronal una vez que la tiene abonada según la alícuota que le toque por su jurisdicción, el importe resultante lo hace jugar en el IVA, siempre y cuando estemos hablando de contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado, o sea descartando a los monotributistas; la idea sería que desaparezca ese régimen y que progresivamente se ponga un mínimo exento de contribuciones que va a llegar en el 2022 a unos 12 mil pesos, esto reemplaza la derogación de la ley 26.940. Igualmente habría que ver en la práctica cómo esos números tienden a compensarse o no y por otra parte ver las actualizaciones de todos los parámetros que están pensadas en función del índice de precios al consumidor, que por lo general es un dato más común.

¿Qué ventajas ofrece la ley para los trabajadores?

Los trabajadores tendrían alguna que otra licencia más, por ejemplo la licencia por paternidad que pasa de tres días a quince y después hay una licencia por examen que pasaría de ser de diez días por año a 30 días corridos sin goce de sueldo, pero en sí no son grandes ventajas, yo creo que la idea de este proyecto es que el empleador esté un poco más cómodo y lo que no veo como muy auspicioso es que en general la alícuota tiende a aumentar y no hay un tratamiento preferencial para los más pequeños.

¿Qué otras modificaciones se plantean?

La solidaridad en materia laboral y de seguridad social en las contrataciones que puede generar un contribuyente en la medida que, por ejemplo, tercerice la vigilancia o el mantenimiento de un edificio, lo que sería el personal de maestranza. Ahí el proyecto de ley tiende a liberar de la solidaridad a quien contrata ese tipo de servicios. La jurisprudencia, por otro lado, viene en contra, si el empleador o contribuyente está en una actividad donde esas tareas figuran en la norma colectiva que lo ampara, por ejemplo un hotel que tiene servicio gastronómico, ellos tienen vigiladores, limpiadores, entonces no tendrían porqué contratar tercerizados, entonces de alguna manera el proyecto de ley apunta a que los jueces tengan una actitud limitada desde la propia redacción de la ley. Igual hay que ver quién lee la redacción de la ley porque las normas en general, mas allá de que puedan ser relativamente claras, siempre en la interpretación hay un sesgo de subjetividad. Igual este es un tema de final abierto, no es la primera vez que se hace un cambio laboral, y en estos casos siempre las expectativas se ven diferenciadas de la realidad que se da meses más tarde de su aplicación.