¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

16°
19 de Abril,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

Productores mineros

Martes, 14 de febrero de 2017 01:30
<p>MINA PIRQUITAS/ EN ABRIL DEL PROXIMO AÑO LA MINERA CONCLUIRÍA SUS ACTIVIDADES</p>&nbsp;
La Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos comunicó a los productores mineros que deberán realizar por ley, las reinscripciones o inscripciones de sus minas y canteras, en el Registro de Productores Mineros.
Podrán hacerlo hasta el 31 de marzo en las oficinas del Departamento Policía y Control Minero, donde se les proveerá del formulario vigente, al que deberán adjuntar el certificado de titularidad actualizado del año 2017, documento que expide el Juzgado Administrativo de Minas de la Provincia, como así el correspondiente poder actualizado, si es apoderado.
En esas oficinas podrán recabar mayores informes los días hábiles en horario comercial.
El incumplimiento de este trámite, dará lugar a la aplicación de severas multas y sanciones, que prevé los artículos 5 y 2, de la Ley Provincial N§ 3.574/78 vigente, como así, la suspensión normal del suministro de guías de tránsito para el transporte de minerales y otros trámites.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla
La Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos comunicó a los productores mineros que deberán realizar por ley, las reinscripciones o inscripciones de sus minas y canteras, en el Registro de Productores Mineros.
Podrán hacerlo hasta el 31 de marzo en las oficinas del Departamento Policía y Control Minero, donde se les proveerá del formulario vigente, al que deberán adjuntar el certificado de titularidad actualizado del año 2017, documento que expide el Juzgado Administrativo de Minas de la Provincia, como así el correspondiente poder actualizado, si es apoderado.
En esas oficinas podrán recabar mayores informes los días hábiles en horario comercial.
El incumplimiento de este trámite, dará lugar a la aplicación de severas multas y sanciones, que prevé los artículos 5 y 2, de la Ley Provincial N§ 3.574/78 vigente, como así, la suspensión normal del suministro de guías de tránsito para el transporte de minerales y otros trámites.