Los recursos presentados para la liberación de Sala habían sido presentados ante el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy el pasado 20 de diciembre, en el marco de la causa por la cual está detenida, acusada de supuesta "extorsión, fraude al Estado y asociación ilícita".
Gómez Alcorta y Paz reclamaron en una de las presentaciones que se revoque la prisión preventiva dictada por el juez de Control Gastón Mercau en el mes de abril del año pasado y que fuera confirmada el 1 de diciembre del 2016 por la Justicia jujeña.
Entre los argumentos centrales respecto a este recurso, los letrados plantearon que la prisión preventiva es violatoria de la presunción de inocencia y es arbitraria.
El segundo requerimiento es por los fueros que le corresponderían a Sala como parlamentaria del Mercosur.
En relación a este punto la defensa planteó la constitucionalidad de la norma que pone en vigencia la inmunidad de arresto que le corresponde a los parlamentarios del Mercosur en virtud del artículo 16 de la ley 27120 y que el Superior Tribunal de Justicia había declarado inconstitucional también el pasado 1 de diciembre.
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Los recursos presentados para la liberación de Sala habían sido presentados ante el Superior Tribunal de Justicia de Jujuy el pasado 20 de diciembre, en el marco de la causa por la cual está detenida, acusada de supuesta "extorsión, fraude al Estado y asociación ilícita".
Gómez Alcorta y Paz reclamaron en una de las presentaciones que se revoque la prisión preventiva dictada por el juez de Control Gastón Mercau en el mes de abril del año pasado y que fuera confirmada el 1 de diciembre del 2016 por la Justicia jujeña.
Entre los argumentos centrales respecto a este recurso, los letrados plantearon que la prisión preventiva es violatoria de la presunción de inocencia y es arbitraria.
El segundo requerimiento es por los fueros que le corresponderían a Sala como parlamentaria del Mercosur.
En relación a este punto la defensa planteó la constitucionalidad de la norma que pone en vigencia la inmunidad de arresto que le corresponde a los parlamentarios del Mercosur en virtud del artículo 16 de la ley 27120 y que el Superior Tribunal de Justicia había declarado inconstitucional también el pasado 1 de diciembre.