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Un revés judicial para la Afip

Cámara de Apelaciones anuló fallo contra la Liga Salteña de Fútbol.

Domingo, 19 de marzo de 2017 19:13

SALTA (Agencia) La Cámara Federal de Apelaciones de Salta le puso límite a la Afip al anular una sentencia de primera instancia que ordenaba la inhibición del patrimonio de la Liga Salteña de Fútbol y el fallo también sienta jurisprudencia en Jujuy.

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SALTA (Agencia) La Cámara Federal de Apelaciones de Salta le puso límite a la Afip al anular una sentencia de primera instancia que ordenaba la inhibición del patrimonio de la Liga Salteña de Fútbol y el fallo también sienta jurisprudencia en Jujuy.

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por la Liga Salteña de Fútbol, a través del abogado tributarista salteño Pablo Atea, y revocó por unanimidad la inhibición general de bienes que había dispuesto un tribunal inferior contra la asociación civil a pedido de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Este fallo es el primero en su tipo que se dicta en Salta y también sienta jurisprudencia en Jujuy, ya que la citada Cámara Federal de Apelaciones interviene como tribunal de "alzada" en las causas judiciales radicadas en los Juzgados Federales de primera instancia.

Además, la agencia Jujuy de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) depende de la Dirección Regional Salta del organismo fiscal nacional.

La inhibición general de bienes revocada por la Cámara Federal tiene su origen en el marco de un procedimiento administrativo de determinación de oficio seguido por la AFIP contra la Liga Salteña de Fútbol, por los ingresos monetarios que ésta obtiene por la realización de los multimillonarios bingos de la Liga Salteña de Fútbol.

El abogado tributarista Pablo Atea, que actuó como apoderado de la Liga Salteña de Fútbol explicó que el organismo fiscal logró obtener la medida de la Justicia Federal de primera instancia, "basándose para ello en normas internas, dictadas por el propio ente fiscal, y aún cuando los presupuestos de hecho y de derecho no se encontraban reunidos, ni siquiera, para la concesión de la cautelar pedida por la Afip".

El pasado 6 de marzo, la Cámara Federal de Apelaciones sentenció que las medidas cautelares -de embargos, inhibiciones u otras-, contra los contribuyentes, se justifican cuando existe un riesgo "altamente probable" de insolvencia, un extremo que debe ser comprobado en cada caso por quien solicita la medida y anuló la sentencia de un tribunal inferior de la Justicia Federal, que a solicitud de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), le impedía a la Liga Salteña de Fútbol disponer libremente de su patrimonio.