Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah consideraron en que la orden dispuesta para iniciar la adecuación de oficio de las licencias del Grupo Clarín fue dictada de manera "intempestiva" y "en contra de la dirección primigeniamente adoptada, según se deriva de los propios actos de la autoridad de aplicación".
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Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah consideraron en que la orden dispuesta para iniciar la adecuación de oficio de las licencias del Grupo Clarín fue dictada de manera "intempestiva" y "en contra de la dirección primigeniamente adoptada, según se deriva de los propios actos de la autoridad de aplicación".
El Tribunal entendió que la medida fue “inesperada”, porque el Grupo Clarín “había dado formal respuesta a la intimación y apurado por la vorágine del trámite impreso en las cuarenta y ocho horas previas a su dictado”, informó el Centro de Información Judicial (CIJ).
Además, el Tribunal señaló que ninguna de estas características se vio reflejada en los otros expedientes administrativos de los restantes grupos económicos revisados, los que exhiben