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Bolivia amplía causales para abortos legales

Elimina la pena para niñas y adolescentes embarazadas y para mujeres a cargo de personas discapacitadas.Además se decidió eliminar la causa de pobreza ya que "su interpretación generaba mucha distorsión".

Viernes, 29 de septiembre de 2017 18:11

La Cámara de Diputados de Bolivia aprobó ayer el artículo 153 de un nuevo Código Penal, que se discutió en los últimos días y despenalizó varios casos de aborto bajo diferentes supuestos. Al mismo tiempo, la ley sigue considerando la interrupción del embarazo como un delito y con sanciones de hasta tres años de prisión.

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La Cámara de Diputados de Bolivia aprobó ayer el artículo 153 de un nuevo Código Penal, que se discutió en los últimos días y despenalizó varios casos de aborto bajo diferentes supuestos. Al mismo tiempo, la ley sigue considerando la interrupción del embarazo como un delito y con sanciones de hasta tres años de prisión.

La Cámara de Diputados además aprobó otras ocho causales e incluyó un "ajuste" para que el servicio público nacional garantice médicos que no acudan a la cláusula de conciencia para evitar esta práctica.

En medio de un debate marcado por críticas de la oposición, también fue incluido en el documento parte del acuerdo alcanzado con el Colegio Médico, que establece la presencia de médicos no objetores (de conciencia) que brinden el servicio (de interrupción del embarazo) en el sistema público de salud.

El anterior Código Penal boliviano no castigaba los abortos después de violación o cuando existía riesgo para la salud de la madre, el actual declara también exentos a los abortos que, siendo practicados antes de las ocho semanas de embarazo, hayan sido decididos por mujeres que sean estudiantes o que tengan niños, adultos mayores o discapacitados a su cargo.

Por otra parte, el artículo establece que el aborto de las niñas y adolescentes no recibirá sanción en ninguna etapa del embarazo.

"Se han hecho algunos ajustes; en el aborto que no va a ser penalizado se ha retirado la causal de la situación económica que generaba mucha distorsión, las demás continúan vigentes. Se ha hecho un ajuste para garantizar que el servicio público de salud garantice la abstención de algunos médicos, pero que también tenga otro grupo de médicos que puedan facilitar en condiciones seguras el aborto en las causales que no serán penalizadas", indicó la presidenta de la Comisión de Justicia, Susana Rivero.

El numeral eliminado del artículo 153 señalaba que el aborto procedía cuando la situación económica de la mujer encinta no le permite continuar con el embarazo.

Se mantuvo las causales derivadas de tener a su cargo personas adultas mayores, con discapacidad u otros menores consanguíneos o no, además de ser estudiante.

Tampoco constituirá infracción cuando el aborto sea realizado para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada; para prevenir un riesgo presente o futuro para la salud integral de la mujer embarazada; se detecten malformaciones fetales; sea consecuencia de una reproducción asistida no consentida; sea consecuencia de una violación o incesto o la embarazada sea niña o adolescente.

El proyecto de ley continúa en debate en la Cámara de Diputados y, una vez aprobado en su integridad, pasará al Senado para su aprobación y posterior sanción.

Representantes de la Plataforma ciudadana por la Vida y la Familia cuestionaron el procedimiento legislativo que antecedió a la aprobación del artículo porque no se tomaron en cuenta 150 mil cartas que fueron recolectadas en contra de la que consideran la despenalización del aborto.

 

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