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Diputados dieron dictamen para la nueva Ley de Alquileres

El proyecto enviado por el Gobierno quedó en condiciones de ser tratado antes de fin de año en sesión ordinaria. Se incorporó una serie de modificaciones al proyecto aprobado por el Senado en noviembre del 2016.

Miércoles, 17 de octubre de 2018 01:02

La nueva ley para regular el mercado de los alquileres, solicitada días atrás por el presidente Mauricio Macri, obtuvo dictamen ayer en la Comisión de Legislación General de Diputados y quedó en condiciones de ser tratada antes de fin de año en el recinto, donde se espera el apoyo de buena parte de la oposición.

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La nueva ley para regular el mercado de los alquileres, solicitada días atrás por el presidente Mauricio Macri, obtuvo dictamen ayer en la Comisión de Legislación General de Diputados y quedó en condiciones de ser tratada antes de fin de año en el recinto, donde se espera el apoyo de buena parte de la oposición.

El dictamen incorporó una serie de modificaciones al proyecto que había aprobado el Senado por unanimidad el 23 de noviembre de 2016, por lo que si resulta aprobado en Diputados deberá volver a la Cámara alta para la sanción definitiva.

El Frente para la Victoria-PJ, el interbloque Argentina Federal y Felipe Solá, titular de la Comisión de Vivienda, acompañaron el despacho de mayoría con disidencias, mientras que Carla Pitiot (Frente Renovador) encabezó una propuesta alternativa en conjunto con Lavagna.

"Hace 30 años que no hay una ley de alquileres en Argentina. La última fue durante el gobierno de (Raúl) Alfonsín", recordó el presidente de Legislación General, Daniel Lipovetzky, y agregó: "Con este tratamiento estamos resolviendo una omisión para una situación que involucra a más de siete millones de argentinos vinculados a un contrato de locación de vivienda".

El proyecto dictaminado ayer establece un mecanismo de actualización semestral para los contratos de alquileres -el Senado había votado un reajuste anual-, con un valor que resultará de un promedio entre la inflación (IPC) y el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) medidos por el Indec "para dar previsibilidad sobre todo a los inquilinos, que son el eslabón más débil de la relación", explicó Lipovetzky.

El macrista también destacó la ampliación de la duración del contrato de dos a tres años, que "da mayor certeza y tranquilidad" y "resuelve el trauma de los inquilinos, que al año de alquilar ya están pensando en que tienen que cambiar de vivienda".

Otro de los puntos principales -el que generó mayor discusión- tiene que ver con impedir que los propietarios impongan las garantías del alquiler a los inquilinos. Es decir, el locatario podrá ofrecer una garantía real, un aval bancario, un seguro de caución, un recibo de sueldo o una garantía de fianza. "Es un cambio revolucionario", destacó Lipovetzky.

Por su parte, el cordobés Juan Brugge (Argentina Federal) sumó otra objeción y consideró que "hablar de comisiones u honorarios es inconstitucional", al indicar que el artículo 125 de la Carta Magna en su segundo párrafo establece que este tipo de regulaciones profesionales está delegada a las provincias.

Según el dictamen firmado, "cuando el martillero o corredor inmobiliario participe en la renovación del contrato de locación, las comisiones u honorarios no podrán superar el valor de medio mes de alquiler, si no hubiera un máximo establecido en cada jurisdicción respecto a la renovación contractual".

Las claves del proyecto

El proyecto de ley de alquileres mejora la posición de los inquilinos en las relaciones contractuales con los propietarios.

Los puntos centrales:

- Duración de los contratos: se eleva el plazo mínimo legal de dos a tres años.

- Se establece un mecanismo de actualización semestral en base a “un índice conformado por partes iguales, con el índice de precios al consumidor (IPC) y el coeficiente de variación salarial (CVS), ambos elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)”.

- Garantías: se amplía el espectro de certificados que son autorizados como garantías para acceder al alquiler, más allá del título de propiedad que es actualmente requerido por los propietarios de manera casi excluyente. Al título de propiedad se agregan avales bancarios, seguros de caución, recibos de sueldo o certificados de ingresos y garantías de fianza.

- Depósitos: los locadores no podrán exigir a los inquilinos un depósito cuyo importe sea mayor al equivalente a un mes de alquiler de la locación.

Por otra parte, se obliga a los propietarios a reintegrar el depósito (al momento del cese del contrato) al valor actualizado del último mes de locación.

- Comisiones de inmobiliarias: quedan a cargo del propietario y no de los inquilinos.

- Expensas: Las ordinarias las paga el inquilino, pero las extraordinarias quedan a cargo del propietario.

- Rescisión de contratos: la indemnización que el inquilino debe pagarle al locador es equivalente a un mes y medio si hace uso de esa opción en el primer año de vigencia del contrato. A partir del segundo año, la suma de la indemnización es equivalente a un mes de alquiler.