¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

20°
29 de Marzo,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

Afip extendió hasta fin de año el plan de pago "Puente II"

 

Martes, 30 de octubre de 2018 11:23

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General N° 4328, dispuso prorrogar hasta fin de este año la posibilidad de que los contribuyentes ingresen a los planes de pago denominados “Puente II”, que vencía a fin de este mes.
 
La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
 
El plan permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de septiembre último, frente al límite del 30 de junio que estaba contemplado en la resolución general 4289.
 
La decisión responde a los numerosos pedidos de los contribuyentes de contar con más tiempo para adherirse a este plan que permite refinanciar deudas vencidas en un plazo de hasta 48 cuotas.
 
Además, refleja la disposición de la AFIP de acompañar a todos los contribuyentes en la compleja coyuntura de la economía argentina.
 
Con este cambio, los contribuyentes podrán regularizar los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias, que no estaban contemplados en la RG 4289.
 

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General N° 4328, dispuso prorrogar hasta fin de este año la posibilidad de que los contribuyentes ingresen a los planes de pago denominados “Puente II”, que vencía a fin de este mes.
 
La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial.
 
El plan permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de septiembre último, frente al límite del 30 de junio que estaba contemplado en la resolución general 4289.
 
La decisión responde a los numerosos pedidos de los contribuyentes de contar con más tiempo para adherirse a este plan que permite refinanciar deudas vencidas en un plazo de hasta 48 cuotas.
 
Además, refleja la disposición de la AFIP de acompañar a todos los contribuyentes en la compleja coyuntura de la economía argentina.
 
Con este cambio, los contribuyentes podrán regularizar los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias, que no estaban contemplados en la RG 4289.
 

 
Cabe recordar que el tope máximo de la tasa de interés es del 3% mensual.