Ezequiel Martín Barakat, cónsul argentino en Villazón, afirmó a través de un comunicado que la mujer detenida por "trata de personas, corrupción de niño, niña o adolescente agravada por proxenetismo" puntualmente por presuntamente prostituir a su hija de 14 años y condenada en el país vecino no dice la verdad en referencia a la declaración formulada a El Tribuno de Jujuy.
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Ezequiel Martín Barakat, cónsul argentino en Villazón, afirmó a través de un comunicado que la mujer detenida por "trata de personas, corrupción de niño, niña o adolescente agravada por proxenetismo" puntualmente por presuntamente prostituir a su hija de 14 años y condenada en el país vecino no dice la verdad en referencia a la declaración formulada a El Tribuno de Jujuy.
Afirma que "este Consulado cuenta con la documentación respaldatoria de los acuses de recibo de las provisiones entregadas regularmente a todos los presos de la Carceleta de Villazón, recepcionados por ellos bajo el ítem de ayuda a los argentinos y enviados mensualmente a Buenos Aires para la rendición de cuentas".
En el parte de prensa el funcionario afirma que "remite de manera regular y constante, una remesa de alimentos no perecederos, e insumos de productos de higiene y limpieza, así como abrigo y frazadas a los presos que se encuentran en la Carceleta de Villazón".
En su descargo aclara que "en función de que el sistema penitenciario local no brinda alimentación e insumos básicos a los presos, debiendo quedar tal encomienda, a cargo de los familiares de los detenidos, o en este caso de la asistencia consular.
Por otra parte, permítame destacar que entre las funciones que un Consulado argentino puede llevar a cabo en estos casos, y tal como ha sido el caso con la ciudadana de marras, está el interesarse por los connacionales detenidos o en prisión - a través de visitas regulares que realizan los funcionarios consulares- y, bajo ciertas circunstancias, transmitir mensajes a parientes, así como asegurar la defensa en juicio de los ciudadanos argentinos".
Finalmente aclara que "en función de que el sistema penitenciario local no brinda alimentación e insumos básicos a los presos, debiendo quedar tal encomienda, a cargo de los familiares de los detenidos, o en este caso de la asistencia consular".