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Mandatos de ediles en las nuevas municipalidades

Diputados avanzaron hacia un sistema de ponderación de votos para definir la duración durante la transición. Ocurre que, por única vez, algunos de los concejales tendrán mandato de 4 años y otros de sólo dos.
Sabado, 24 de noviembre de 2018 01:01

Con la sanción de la Ley Nº 5.881 se aprobó la creación de las municipalidades de Pampa Blanca, Yala, Aguas Calientes, San Antonio, Puesto Viejo y Maimará y en las elecciones 2019 se elegirán los primeros legisladores comunales de esas jurisdicciones. Los diputados avanzan hacia un sistema de asignación de duración de mandatos que sea respetuoso de la voluntad popular.

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Con la sanción de la Ley Nº 5.881 se aprobó la creación de las municipalidades de Pampa Blanca, Yala, Aguas Calientes, San Antonio, Puesto Viejo y Maimará y en las elecciones 2019 se elegirán los primeros legisladores comunales de esas jurisdicciones. Los diputados avanzan hacia un sistema de asignación de duración de mandatos que sea respetuoso de la voluntad popular.

Para cumplir con la renovación de la cámara que ocurre cada dos años, la mitad del cuerpo tendrá un mandato de 2 años y el resto de cuatro. Ante esta situación, los legisladores provinciales dialogaron para buscar un acuerdo sobre un mecanismo de asignación de los mandatos que duran 2 o 4 años que tenga mayor consenso. Definieron la necesidad de modificar la ley original para cambiar el sistema por sorteo, por un sistema de ponderación según la cantidad de votos obtenidos.

Los que tengan más votos tendrán mandatos de 4 años y los que tengan menos, mandatos de sólo 2 años.

La Ley 5.881

Desde la aprobación de la Ley 5.881, las hasta ahora comisiones municipales de Pampa Blanca, Yala, Aguas Calientes, San Antonio, Puesto Viejo y Maimará serán municipalidades.

En el año 2019 se realizará el primer llamado a elección para cargos ejecutivos y legislativos. De esa forma el cargo de intendente y concejales de las municipalidades de Pampa Blanca, Yala, Aguas Calientes, San Antonio, Puesto Viejo y Maimará, iniciarán sus funciones el día 10 de diciembre del año 2019.

En cuanto a la primera composición del Concejo Deliberante la norma indica que será integrada por dos concejales cuyo mandato se extenderá por el término de cuatro años y dos concejales cuyo mandato se extenderá por el término de dos años. En este punto la norma indicaba que sería asignado por sorteo, al parecer este punto despertó críticas. Por lo que los diputados avanzan hacia el acuerdo de que se aplique el sistema de ponderación de los votos que obtengan en los comicios.

La Comisión de Asuntos Instituciones se reunió días atrás para analizar el proyecto de ley que propicia la modificación del articulo 4º de la Ley 5.881 atendiendo a que es posible que por medio de ese sorteo se arribe a resultados contrarios a los que se obtuvieron por la voluntad popular produciéndose así modificaciones en los períodos de mandato que hacia el futuro contradigan la voluntad de los electores, los legisladores propician esta modificación dejando de lado el azar para la selección de los concejales.