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Oficial de Conmebol: River es finalista y Gallardo estará 4 partidos suspendidos

El entrenador de River no podrá ingresar al estadio de la Bombonera en el partido de ida, al tiempo que los tres partidos restantes podrá colocarse en una platea. Además, deberá pagar una multa de 50 mil dólares.

Sabado, 03 de noviembre de 2018 21:03

Finalmente, la Conmebol publicó esta noche el fallo del Tribunal de Disciplina por la sanción que irrumpió Marcelo Gallardo, el entrenador de River Plate durante los últimos encuentros que se jugaron en la Copa Libertadores.

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Finalmente, la Conmebol publicó esta noche el fallo del Tribunal de Disciplina por la sanción que irrumpió Marcelo Gallardo, el entrenador de River Plate durante los últimos encuentros que se jugaron en la Copa Libertadores.

En principio, River se convirtió en finalista de la Copa Libertadores y Marcelo Gallardo estará cuatro partidos suspendidos.

 

A continuación el fallo:

RESUELVE

1º. RECHAZAR el reclamo presentado por el GRÊMIO FOOT-BALL PORTO ALEGRENSE en fecha 31 de octubre de 2018.

2º. CONFIRMAR el resultado de 1 : 2 a favor del CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE del partido disputado en fecha 30 de octubre de 2018, entre los equipos de GRÊMIO FOOT-BALL PORTO ALEGRENSE y CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE

3º. PROHIBIR al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO acceder al Estadio en el siguiente partido de la CONMEBOL Libertadores 2018 conforme al Artículo 20 inciso h) del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. Esta prohibición de acceso al estadio incluye la prohibición de comunicarse por cualquier medio con su Cuerpo Técnico, Oficiales y Jugadores.

 4º. SUSPENDER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO por 3 (tres) partidos. La presente sanción iniciará su vigencia una vez cumplida la sanción establecida en el punto 3º y se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en el Artículo 76.1 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.

5º. IMPONER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO una multa de USD. 50.000 (CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), en virtud al Artículo 12.6 del Reglamento Disciplinario. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

6º. ADVERTIR expresamente al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO que, en caso de reiterarse un incidente de cualquier desacato, irrespeto a los oficiales o cualquier otra infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será considerado como situación agravante.

 Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, en el plazo de siete días corridos, a partir del siguiente día a la notificación de los fundamentos de la decisión conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. Dicho recurso será sin efecto suspensivo. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.