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Anulan pedido de prisión preventiva para Ayala

Para Casación, el pedido "no estaba debidamente fundamentado".

Viernes, 28 de diciembre de 2018 01:02

La Cámara Federal de Casación Penal anuló ayer el fallo que dispuso la prisión preventiva de la diputada nacional Aída Ayala (Cambiemos) por no estar debidamente fundada y ordenó a la Cámara Federal de Resistencia (Chaco) emitir uno nuevo.

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La Cámara Federal de Casación Penal anuló ayer el fallo que dispuso la prisión preventiva de la diputada nacional Aída Ayala (Cambiemos) por no estar debidamente fundada y ordenó a la Cámara Federal de Resistencia (Chaco) emitir uno nuevo.

Desviaron dinero del municipio de Resistencia a través de la concesión de contratos millonarios de recolección de residuos.

Los jueces del máximo tribunal penal sostuvieron que, al confirmar las prisiones preventivas dictadas en la causa, la Cámara Federal de Resistencia omitió evaluar los riesgos procesales que implicaba dejar en libertad a los imputados.

En esta causa se encuentran detenidos el gremialista chaqueño Jacinto Sampayo y los empresarios Carlos Huidobro, Rolando Acuña y Pedro Martínez; mientras que Ayala no perdió su libertad por la protección de los fueros legislativos.

Ayala y el resto de los imputados están acusados de desviar dinero del municipio de Resistencia a través de la concesión de millonarios contratos de recolección de residuos en 2014 a empresas supuestamente vinculadas con la exintendenta.

La sala IV de la cámara de Casación dejó firmes ayer los procesamientos pero le ordenó al tribunal de Apelaciones de Resistencia volver a pronunciarse sobre las prisiones preventivas, que había dictado la jueza federal de Resistencia, Zunilda Niremperger, a pedido del fiscal Patricio Sabadini. Luego fue confirmada por la Cámara Federal de esa ciudad que, según Casación, estuvo mal fundada.

"Los magistrados de la instancia anterior omitieron evaluar la cuestión sometida a su jurisdicción por las partes y dictaron la prisión preventiva de los imputados sin analizar de forma específica y concreta la situación de cada uno de los imputados, según los riesgos procesales que podrían verificarse en autos", sostuvo el camarista Gustavo Hornos.

La decisión de la sala IV contó con los votos de Hornos y su colega Juan Carlos Gemignani mientras que el tercer juez, Mariano Borinsky, dejó asentado que su opinión ya no era necesaria en el fallo porque alcanzaba con los votos de sus colegas.