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Jubilados cobrarán el 5,71% de aumento en marzo

A través del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional oficializó el incremento para los jubilados. 

Jueves, 15 de febrero de 2018 15:59

El gobierno nacional oficializó hoy el primero de los cuatro aumentos previstos en el año para los jubilados, que a partir de marzo será de 5,71%, correspondiente a la Ley de Movilidad Jubilatoria.
Lo hizo a través de la resolución 2E/2018 del Ministerio de Trabajo publicada en el Boletín Oficial, y que lleva la firma del secretario de Seguridad Social, Juan Carlos Paulucci Malvis.
La misma estableció que “el valor de la movilidad correspondiente al mes de marzo de 2018, es de 5,71%”.
Asimismo, la normativa aprobó “los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia, que cesen desde el 28 de febrero de 2018 o soliciten su beneficio desde el 1° de marzo de 2018”.
En otro orden, precisó que “la actualización de las remuneraciones mensuales se realizará multiplicando cada una de ellas por el coeficiente resultante de la división entre el índice correspondiente al mes de la adquisición de derecho y el índice correspondiente al de la remuneración devengada”.
“Las remuneraciones con aportes correspondientes a los titulares de los beneficios que hubiesen cesado con anterioridad al 28 de febrero de 2018 o los que continúen en actividad y hubieran solicitado la prestación antes del 1° de marzo de 2018, se actualizarán mediante la aplicación de los índices de actualización aprobados”, puntualizó la resolución.

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El gobierno nacional oficializó hoy el primero de los cuatro aumentos previstos en el año para los jubilados, que a partir de marzo será de 5,71%, correspondiente a la Ley de Movilidad Jubilatoria.
Lo hizo a través de la resolución 2E/2018 del Ministerio de Trabajo publicada en el Boletín Oficial, y que lleva la firma del secretario de Seguridad Social, Juan Carlos Paulucci Malvis.
La misma estableció que “el valor de la movilidad correspondiente al mes de marzo de 2018, es de 5,71%”.
Asimismo, la normativa aprobó “los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia, que cesen desde el 28 de febrero de 2018 o soliciten su beneficio desde el 1° de marzo de 2018”.
En otro orden, precisó que “la actualización de las remuneraciones mensuales se realizará multiplicando cada una de ellas por el coeficiente resultante de la división entre el índice correspondiente al mes de la adquisición de derecho y el índice correspondiente al de la remuneración devengada”.
“Las remuneraciones con aportes correspondientes a los titulares de los beneficios que hubiesen cesado con anterioridad al 28 de febrero de 2018 o los que continúen en actividad y hubieran solicitado la prestación antes del 1° de marzo de 2018, se actualizarán mediante la aplicación de los índices de actualización aprobados”, puntualizó la resolución.