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29 de Marzo,  Jujuy, Argentina
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Buscarán reducir la carga impositiva de las tarifas

Esperan "principio de acuerdo" entre intendentes para la eliminación de impuestos. Se ampliará la base de usuarios que reciben tarifa social, con costos sostenidos por Provincia y Nación.
Miércoles, 25 de abril de 2018 00:00

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El gobernador Gerardo Morales anunció ayer que Jujuy firmará el acuerdo impositivo propuesto por la Nación, para moderar la actualización de las tarifas energéticas. "Esta decisión generará la obligación de compartir con Nación el esfuerzo por la tarifa social", indicó.

Aclaró que a diferencia de Buenos Aires que tenía de cinco a seis impuestos provinciales, Jujuy no tiene gravamen directo ni indirecto sobre la boleta.

"No tenemos ningún impuesto provincial en la tarifa de energía", señaló y precisó que "solamente en el Valor Agregado de Distribución (VAT), que no aparece en la boleta, se cobra ingresos brutos y este concepto se considera pago a cuenta".

Por otra parte, explicó que "sí hay algunas tasas municipales por el uso del espacio aéreo, para lo cual, respetando la autonomías, buscaremos algún acuerdo con los intendentes, puesto que no hay criterio unificado entre los municipios".

"Vamos a coadyuvar a unificar criterios, porque algunos municipios cobran del 6 al 2 por ciento", anticipó.

En este punto Jujuy hará los aportes necesarios no sólo para mantener, sino también para profundizar la tarifa social para familias más vulnerables.

"Y resaltó que simultáneamente el Estado provincial "está cumpliendo con el cronograma de reducción de impuestos, comprometida en el pacto fiscal".

Por su parte el presidente de la Susepu, Héctor Simone, sostuvo que en Jujuy, las facturas de energía eléctrica y de gas no se cobran impuestos provinciales, pero sí municipales .

A propósito del pedido del presidente Mauricio Macri a los gobiernos provinciales de eliminar tributos en las facturas de los servicios públicos, explicó que "el único impuesto que figura en la boleta es el de utilización del espacio aéreo, además del IVA".

"A nivel provincial no existen ingresos brutos en la boleta de energía ni tampoco de gas", sostuvo.

Simone indicó que en la provincia se propone disminuir el impuesto municipal del 6% de energía y del 10 % en el caso del gas.

En el caso de la factura de Jujuy, esta cuenta con 3 impuestos, y sobre las "tasas", implica servicio de alumbrado público que implica el costo de energía de la luz de la calle y el mantenimiento de alumbrado.

Otras de las modificaciones que tendrán los servicios se deben al aumento promedio de gas durante el mes de invierno.

En este punto, Simone remarcó que el mayor consumo que se produce en los períodos 2 y 4, es decir en mayo, junio, julio y agosto y que supera al promedio anual, "no se cobrará" en la factura de esos meses, sino que se va a prorrogar el cobro.

Es decir que las cuotas se harán efectivas en los tres bimestres de menor consumo, el último bimestre de 2018 y los primeros de 2019.

Por otro lado, además de reducir los impuestos, el Gobierno nacional tiene como objetivo la ampliación de la base de usuarios que perciben tarifa social.

En este punto, el director de la Susepu destacó que se pretende que durante mayo y junio, haya mayor cantidad de beneficiarios con tarifa social y no tengan restricciones para acceder.

Es así que la diferencia del precio del gas en cuanto a la persona que tiene tarifa social y la que no percibe el beneficio, el costo será sostenido un 50% por las provincias y el otro 50% por Nación.

Acceder a la tarifa social

TARIFA SOCIAL. LA DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS DIFIEREN SEGÚN EL SERVICIO.

Los trámites de tarifa social se realizan en oficinas de la Susepu, ubicada en calle Las Heras Nº 213, esquina Juana Manuela Gorriti.

La tarifa social es un aporte diferencial que pagan los usuarios que cuentan con los requisitos que establece la Secretaría de Nación a través del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (Sintys).

Pueden acceder al beneficio los usuarios que sean jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia y perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles.

También trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos veces el salario mínimo vital y móvil.

Los beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo vital y móvil.

Para los titulares de programas sociales, trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social, en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico (26.844)

También titulares de seguro de desempleo, de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur y certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.

Es importante destacar que no acceden a este beneficio propietarios de más de un inmueble, aeronaves o embarcaciones de lujo y/o un vehículo de hasta diez años de antigüedad (excepto los titulares de algún certificado de discapacidad o electrodependencia).

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