¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

21°
24 de Abril,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

Tras la nueva ley de trasplante, cómo se podrá manifestar que no se quiere donar órganos

Ayer se aprobó la norma que indica que todos los mayores de 18 años son donantes, a menos que lo manifiesten explícitamente.

Jueves, 05 de julio de 2018 11:31

La Cámara de Diputados aprobó ayer por unanimidad la nueva ley de trasplante. El cambio más importante implica que todas las personas mayores de 18 años son donantes, a menos que manifiesten explícitamente lo contrario.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La Cámara de Diputados aprobó ayer por unanimidad la nueva ley de trasplante. El cambio más importante implica que todas las personas mayores de 18 años son donantes, a menos que manifiesten explícitamente lo contrario.

Si bien aún resta que se reglamente la nueva norma, se dio a conocer que quienes quieran revocar la voluntad de ser donante podrán hacer en cualquier momento y a través de distintos canales. Estos incluyen:

 

* El Incucai, a través de su página www.argentina.gob.ar/salud/incucai

 

* El Registro Nacional de las Personas (Renaper).

 

* Los registros de estado civil y capacidad.

 

* Los centros de salud públicos y privados de las provincias.

 

* Las oficinas del Correo Argentino.

 

Cabe recordar que la nueva ley concede también la posibilidad de limitar la voluntad de donar ciertos órganos y tejidos ya sea para trasplante o investigación. Si no, se dará por sentado que la voluntad de donar alcanza a todos los órganos y tejidos, y para ambos fines.

Hasta ahora, para ser donantes, las personas deben manifestar su voluntad de donar sus órganos. Si una persona muere y no manifestó su voluntad de donar sus órganos se pregunta a sus familiares. Con esta norma serán donantes todas las personas mayores de edad, salvo que manifiesten lo contrario.

Mientras que, en el caso de los chicos y los adolescentes, la nueva norma determina que bastará la autorización de ambos padres o del que esté presente o el representante legal para proceder a la donación. Pero "la oposición de uno de los padres elimina la posibilidad de llevar adelante" el procedimiento. Si ninguno estuviera disponible en ese momento, habrá que notificar al Ministerio Pupilar "para autorizar la ablación".

Asimismo, se incorpora la donación renal cruzada; se simplifican y optimizan los procesos que requieren intervención judicial; y se suma un capítulo dedicado al abordaje del tema de la donación y trasplante de órganos en los medios de comunicación.
 

Temas de la nota