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Multas de más de 40 mil pesos por mal uso del Parque Xibi Xib

La norma cuenta con 54 artículos en los que considera todo tipo de prohibiciones en el área de ese espacio recreativo.
Sabado, 15 de septiembre de 2018 01:04

Los jujeños que incumplan las normas de convivencia en el Parque Xibi Xibi sancionadas en la ordenanza municipal Nº 7.230, podrán ser penados con multas desde los 420 hasta los 42 mil pesos.

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Los jujeños que incumplan las normas de convivencia en el Parque Xibi Xibi sancionadas en la ordenanza municipal Nº 7.230, podrán ser penados con multas desde los 420 hasta los 42 mil pesos.

Prohibe toda acción que dañe árboles y plantas, encender fuego, realizar ejercicios de tiro o usar pirotecnia.

Los ediles de la capital sancionaron el miércoles pasado el Manual de Convivencia en el Parque Xibi Xibi. Dicha norma establece penas a los usuarios que causen daños y usen de forma inadecuada los espacios de esparcimiento. En sus 55 artículos la ordenanza detalla una larga lista de prohibiciones.

El marco normativo del Parque Xibi Xibi, que se extiende desde el Puente Paraguay hasta el Puente Tucumán, tiene por objeto regular "el uso, disfrute, conservación y las medidas de seguridad". Establece el horario de apertura y cierre del espacio de 6 de la mañana hasta las 23 en invierno y hasta las 1 en verano.

Las multas

En el articulo 44 se establece el régimen sancionador, las multas por incumplir la normas en el Parque Xibi Xibi se clasifican en leves, graves y muy graves.

Las leves tienen sanciones de diez a cien UF. (UF es igual al valor de un litro de nafta super que hoy cuesta en promedio 42 pesos), equivalente a 420 pesos hasta los 4.200 pesos.

Las faltas graves, tienen penas de 50 a 500 UF equivalente a $2.100 a $21 mil. Las muy graves tienen multas de 100 a 1000 UF equivalente a $4.200 hasta $42 mil.

Perros cuasi prohibidos

Uno de los capítulos de prohibiciones que prácticamente imposibilita el uso del espacio es el artículo 12 sobre animales domésticos. Este artículo indica que los animales, o sea perros domésticos, "deberán ir conducidos por sus propietarios provistos de collares y solo circular por las zonas de paseo del Parque, evitando causar molestias a las personas, acercarse a los juegos infantiles o ingresar en el césped".

La prohibición de acercarse a los juegos infantiles es irrisoria. Si un niño sale a pasear con su perro tendrá que dejarlo en la pasarela y lejos del espacio de juegos es imposible de cumplir y casi lo mismo que prohibir el ingreso de animales. Sobre circular con correa, es sabido que la idea de llevar un perro a un parque es para que pueda correr, sino no tendría ningún sentido llevarlo a ese espacio.

Y el articulo 13 pide a los propietarios levantar las heces, artículo muy necesario y muy fácil de cumplir a diferencia del anterior.

En el supuesto de que un accidente sea por mal uso de las instalaciones, el municipio queda eximido de toda responsabilidad.