23°
8 de Mayo,  Jujuy, Argentina
PUBLICIDAD

Creció 25,5% en agosto la recaudación en la provincia

El mes pasado fue superior al mismo mes de 2017, pero hubo una merma en el impuesto de sellos de algunos rubros.  Además se anunció la unificación de los agentes de retención para grandes contribuyentes, entre otros beneficios.
Domingo, 23 de septiembre de 2018 01:02

En la Dirección provincial de Rentas, la recaudación se viene manteniendo e incluso ha crecido un 25,5% en agosto respecto al mismo mes del año anterior, aunque si hubo una leve merma en el impuesto de sellos, principalmente en actividades que tienen que ver con la venta de vehículos automotores, préstamos y alquileres comerciales. Así lo precisó el director de Rentas de la provincia, Martín Esteban Rodríguez, quien además explicó que en estos últimos rubros indicados, se ha visto una leva baja respecto a los anteriores períodos, mientras que Ingresos Brutos se viene manteniendo y desde Rentas se están disponiendo todas las medidas de facilidades de pago para ayudar a los contribuyentes a que mantengan regular su situación fiscal y que no se atrasen y tengan otros perjuicios”

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

En la Dirección provincial de Rentas, la recaudación se viene manteniendo e incluso ha crecido un 25,5% en agosto respecto al mismo mes del año anterior, aunque si hubo una leve merma en el impuesto de sellos, principalmente en actividades que tienen que ver con la venta de vehículos automotores, préstamos y alquileres comerciales. Así lo precisó el director de Rentas de la provincia, Martín Esteban Rodríguez, quien además explicó que en estos últimos rubros indicados, se ha visto una leva baja respecto a los anteriores períodos, mientras que Ingresos Brutos se viene manteniendo y desde Rentas se están disponiendo todas las medidas de facilidades de pago para ayudar a los contribuyentes a que mantengan regular su situación fiscal y que no se atrasen y tengan otros perjuicios”

Aclaró además que si bien no hay en vigencia ninguna moratoria, están estos planes de pago permanentes que harán que tenga la posibilidad de regularizar su situación fiscal, cuotificar la deuda que tengan a través del pago de un anticipo y en cierta cantidad de cuotas, según el riesgo fiscal que tenga para Rentas. “Aquellos contribuyentes que están calificados con menor riesgo fiscal, tendrán más beneficios en cuanto a opciones de financiamiento, anticipo y cantidad de cuotas” dijo, y acotó que generalmente se ve que las empresas más grandes son las que están al día y no tienen situaciones de irregularidad.

Agentes de retención

También en la oportunidad, el director de Rentas de la provincia, se refirió a los beneficios que lanzaron respecto de la Unificación de los agentes de retención para las empresas y grandes contribuyentes, como principal recurso con que cuenta la provincia de Jujuy.

En ese sentido, indicó que “hay determinadas empresas o sujetos y organismos públicos que tienen la obligación de actuar como agentes de retención o de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos. Este es el principal recurso con que cuenta la provincia de Jujuy, el principal tributo que recauda, y estos agentes de retención intervienen en las operaciones con los distintos comerciantes o contribuyentes del impuesto”. Lo que hizo Rentas fue modernizar o reformar el régimen de retenciones y percepciones, en primer lugar a través de la simplificación de la norma que reglamentaba. Todas las disposiciones de retención y percepción, estaban dispersas en algo más de veinte resoluciones generales normativas que emite rentas, que ahora estarán agrupadas en una única resolución, la cual les facilitará la interpretación y la aplicación de la norma a los sujetos obligados.

Por otra parte, indicó que también se implementó una actualización de los montos para ser agentes; “antes teníamos hasta 20 millones de pesos anuales que factura la empresa, ahora se subió ese importe a 25 millones, por supuesto para evitar las distorsiones que provoca la inflación. Así también se actualizó el importe mínimo sujeto a retención que estaba en mil pesos en 2014 y se elevó a 3 mil pesos, lo cual llevará cierto alivio a algunas operaciones que ya no quedarán sujetas a retención por no estar dentro de este mínimo” dijo.

Del mismo modo puntualizó que “lo que se hizo es modernizar el aplicativo o el programa de software con el cual estos sujetos obligados liquidaban, ingresaban el impuesto y la retención, ahora se habilitó un nuevo programa denominado Pim, que está subido a la nube en la página web de Rentas”.

Cabe apuntar que esta normativa entra en vigencia a partir del primero de octubre, por lo que es importante que todos los sujetos obligados la conozcan para poder aplicarla como corresponde durante el próximo mes.

Plan transitorio de financiación de deudas

Otro de los temas planteados por el funcionario de Rentas de la provincia, fue la difusión de un plan transitorio de financiación de deudas para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, que sean locales de la provincia de Jujuy o bien de convenios multilaterales que tenga sedes en la provincia. “Es un plan especial que surge ante la coyuntura económica actual del país y les servirá para cuotificar o financiar el anticipo mensual de ingresos brutos que vence durante estos tres meses, en hasta tres cuotas sin interés, siempre que cumplan con algunas condiciones y se encuentren en situación regular, que para ellos lo pueden hacer a través de un plan de financiación permanente. Es decir, esta medida se dispuso para contribuir a las empresas de Jujuy, a las pequeñas, micro empresas y al contribuyente de ingresos brutos para que pueda mantener regular su situación fiscal durante este período de transición económica, y puedan mantenerse al día con sus impuestos y eso no los afecte” explicó.

Todos ellos podrán acceder a este beneficio a través de la página web de Rentas formulando un plan de pago transitorio. Todos los requisitos se encuentran en la resolución general 1508 y 1509 para que puedan acceder a estos beneficios que están publicados en la página web, y ante cualquier consulta o duda se pueden contactar con los agentes de la Dirección provincial de Rentas ya sea en casa central o en las delegaciones del interior de la provincia; también en Capital Federal o los medios de consulta disponibles.

Los sujetos obligados

Cuando se refiere a sujetos obligados, indica que son quienes están obligados a actuar como agente de retención o de percepción. Estos, son todos los organismos que designa la Dirección provincial de Rentas a través de una resolución, o bien todas aquellas empresas que durante el año inmediato anterior, hayan obtenido ingresos por más de 25 millones de pesos. Es decir, “son empresas que tienen una estructura y una facturación significativa y que lo que hacen al momento de comprar o vender, de traer o aumentar un porcentaje sobre las operaciones que están haciendo con sus clientes, y eso lo ingresan como retención o percepción según corresponda a la Dirección provincial de Rentas en carácter de anticipo. Después que el contribuyente ha sufrido esa retención o percepción, en su declaración jurada se la puede descontar, porque tiene como el carácter de un anticipo que le efectuaron. Es decir que cada contribuyente de ingresos brutos, cada comercio o empresa va a pagar ingresos brutos el mes siguiente, del total que tienen que pagar, le restan lo que ya le anticipó el agente de retención”, dijo Rodríguez.

En la página web de Rentas está toda la información o bien en Lavalle 55.