La Dirección Provincial de Rentas, mediante Resolución General Nº 1.519/2019 dispuso acrecentar a la suma de $ 500.000 la valuación fiscal a considerar como límite máximo para obtener el beneficio de exención del impuesto inmobiliario para los jubilados y/o pensionados, para el período 2019 que acrediten el cumplimiento de los extremos legales exigidos para el beneficio.
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La Dirección Provincial de Rentas, mediante Resolución General Nº 1.519/2019 dispuso acrecentar a la suma de $ 500.000 la valuación fiscal a considerar como límite máximo para obtener el beneficio de exención del impuesto inmobiliario para los jubilados y/o pensionados, para el período 2019 que acrediten el cumplimiento de los extremos legales exigidos para el beneficio.
El Código Fiscal vigente en su artículo 166º inciso 7, establece la exención del impuesto inmobiliario a aquellos contribuyentes o los cónyuges de éstos que sean jubilados y/o pensionados y que acrediten ser propietarios de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda familiar, cuyo avalúo no supere la suma establecida anualmente por la Dirección.
Resultó oportuno actualizar la valuación a considerar como límite para el otorgamiento del beneficio a fin de evitar que quienes gozaban de la exención queden excluidos.
Asimismo, se recordó que es de renovación automática para el caso de contribuyentes que ya tienen adjudicado el beneficio, situación que se puede verificar en la página web www.rentasjujuy.gob.ar, servicios sin clave fiscal. Quienes quieren solicitarlo por primera vez deben realizar otro trámite.