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Gregorio Badeni: "Es el Poder Ejecutivo el que va a disponer el destino del cuerpo de la bebé"

El abogado especializado en derecho constitucional, Gregorio Badeni, se refirió al caso de la niña sampedreña víctima de abuso y explicó que la decisión de realizar una cesárea permitió preservar la salud de la nena. Señaló que el protocolo ILE tiene muchos "huecos" y que al no ser una norma jurídica hay aspectos que no se pueden regular. Dijo que es el Ejecutivo quien debe hacerse cargo del cuerpo de la bebé.
Jueves, 24 de enero de 2019 01:01

¿Cómo se debió actuar ante este caso de una niña que cursaba un embarazo de 24 semanas?

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¿Cómo se debió actuar ante este caso de una niña que cursaba un embarazo de 24 semanas?

Lo que correspondía hacer es lo que manda la ley en estos casos. Por un lado, después del debate que hubo el año pasado en el Congreso donde fue rechazada la posibilidad de establecer la legalidad del aborto y se resolvió mantener el sistema legal vigente, en virtud de que el aborto es un delito, salvo en aquellas hipótesis en que el Código Penal lo permite y tiene licitud, que es cuando corre peligro la vida de la madre por motivo del embarazo, o cuando es fruto de una violación o la violación recae sobre una persona que no tiene madurez mental, es decir una persona incapaz desde el punto de vista jurídico. En este caso concreto, casualmente se trata de una persona incapaz, inmadura que no está en condiciones de tomar su propia determinación y que además, según leí, era muy probable que el embarazo sea producto de un acto no consentido con la menor, por lo tanto se podía realizar un aborto. Cada caso requiere tomar una decisión y frente al grado de ineptitud o incapacidad que tiene la víctima, quien debe tomar la decisión es quien tiene la patria potestad de la menor que puede ser la madre o no; la niña embarazada no tiene capacidad jurídica para opinar, y en caso de que no haya una patria potestad debidamente constituida conforme a la legislación, la decisión debe ser tomada por un organismo dependiente del Poder Ejecutivo que tiene a su cargo la tutela de la defensa o el cuidado de los menores de edad. Aparentemente en este caso este organismo no intervino. Igualmente se procedió a la concreción del nacimiento y lamentablemente no tuvo un final feliz.

¿Correspondía hacer una cesárea o fue una medida desacertada?

Esa es una decisión exclusiva de los médicos; los abogados lógicamente no podemos hablar con seriedad sobre si correspondía hacer o no una cesárea. Pero aparentemente, por los pocos conocimientos que uno tiene sobre el tema, tratándose de una niña de 12 años de una contextura física propia de esa edad, lo razonable era que se realice una cesárea.

¿Este procedimiento está contemplado dentro del protocolo ILE?

No, esa es una decisión médica que no se puede regular desde el punto de vista normativo porque cada caso puede presentar características totalmente diferentes y solamente los médicos y especialistas del área, habilitados por el Estado para tomar esas decisiones, son los únicos que pueden resolver si corresponde o no una cesárea; con una cesárea se busca preservar una vida o generar los menores daños a una persona.

¿Correspondía la intervención de la Justicia en alguna instancia dentro de la aplicación del protocolo ILE?

Corresponde cuando no hay acuerdo sobre la toma de decisiones; si en el caso del organismo encargado de proteger a los menores, por ejemplo no hay una decisión firme en determinado sentido, en esos casos es razonable requerir la intervención del juez para que decida, porque en definitiva en el caso del aborto está en juego la vida de una persona y en nuestro ordenamiento jurídico más derecho tiene, como autoridad pública, para definir si debe o no seguir viviendo una persona, es un juez.

El ministro de Salud de la provincia, consideró que hay "un vacío legal" dentro del protocolo ILE, que hay muchos "grises" respecto a determinadas cuestiones. ¿Cree que habría que profundizar sobre la legislación readecuando ciertos aspectos?

Yo creo que tiene mucha razón, más que grises hay blancos concretos, huecos absolutos. Lo que pasa es que el protocolo no es una norma jurídica, no es una ley nacional, los protocolos son disposiciones que dictó en parte el Gobierno nacional y en parte los gobiernos provinciales como facultad propia, para regular ciertos aspectos referentes al nacimiento de las personas. Pero no hay una legislación nacional sobre el tema y la que pudo haber existido el año pasado, no fue aprobada por el Congreso. Por ejemplo, no hay protocolo que pueda regular la objeción de conciencia médica, los protocolos son simples guías a seguir que ni siquiera son obligatorias, tal vez sean los comportamientos que se deben seguir en cada caso concreto, siempre que no colisione con las particularidades fácticas de ese caso.

¿A quién correspondía realizar la inscripción del nacimiento de la bebé?

En principio a las autoridades del hospital, donde nació y murió la criatura que es el mismo lugar. Y luego a las autoridades provinciales. Corresponde que lo haga una persona como representante de una institución, con testigos y demás. Todo eso tiene que ser avalado por la autoridad que tiene a su cargo asentar los nacimientos y defunciones de las personas.

El sector "pro vida" solicitó el cuerpo de la recién nacida para poder darle una "sepultura cristiana". ¿Quién debe disponer el destino final del cuerpo?¿Cómo debe continuar el proceso?

De pedir, se puede pedir el cuerpo, lo puede pedir cualquiera; lo que corresponde en primer término es entregárselo a los padres, si no hay padres legalmente reconocidos, quien dispone del cuerpo es el Poder Ejecutivo provincial, y si el Ejecutivo decide aceptar los pedidos de alguna organización, puede acceder a ello siempre que se haga en un marco de decoro y respeto al ser humano y no sea un acto de propaganda o político. Y aunque no haya pedido es el Ejecutivo el que va a disponer, a través de sus funcionarios, el destino, dónde van a ser referidos los restos de la menor, en qué lugar, a qué hora, dónde, cómo, cuándo, etcétera.

¿Considera propicio retomar el debate del proyecto de ley de despenalización del aborto? ¿Hace falta legislar al respecto?

Ese es un tema cuya respuesta varía en función de las convicciones que tiene cada uno. Yo creo que sería bueno modificar el Código Penal y aclarar un poco su contenido sobre las hipótesis que consideran como un hecho delictivo al aborto y aquellos casos en que, a pesar de ser un acto ilícito, no merece sanción alguna para quien participa de un aborto. Se necesita un poco de previsión por parte de los legisladores y quizás lo hagan los autores del Código penal, cuyo texto definitivo deberíamos conocer. Ahora, si lo que se pretende es volver al enfrentamiento entre verdes y azules, sería un gravísimo error, porque da la sensación que están primando criterios fundados sobre bases confesionales, criterios basados sobre una postura de ruptura del orden constitucional, , lo cual no es bueno para nuestro sistema político y el sistema de convivencia.