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"El 80% de los propietarios regularizan su situación"

Sabado, 12 de octubre de 2019 01:02

Cuando en un domicilio se detecta una obra de construcción clandestina y si además no se exhibe el cartel de obra, los inspectores proceden a realizar un acta de paralización y se notifica al propietario o profesional para que presente la documentación necesaria, en un plazo de 48 horas en la municipalidad.

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Cuando en un domicilio se detecta una obra de construcción clandestina y si además no se exhibe el cartel de obra, los inspectores proceden a realizar un acta de paralización y se notifica al propietario o profesional para que presente la documentación necesaria, en un plazo de 48 horas en la municipalidad.

 

Para obras de segunda categoría que no impliquen construcción de mamposterías, estructuras o paredes se solicita autorización

 

Además, el propietario tendrá la posibilidad de solicitar un plazo de tiempo, entre 30 a 45 días para presentar la documentación correspondiente.

En ese tiempo, el propietario deberá buscar un profesional -en caso de no tenerlo- para que se haga cargo del proyecto y documentos. En caso de que no se presente, se procede a realizar una multa.

"Hay muchísima clandestinidad y desde esta Dirección, independientemente de que cada barrio tiene asignado un inspector que lo recorre, hacemos operativos en el que se afecta a todos los inspectores en los barrios, para detectar obras que se estén ejecutando de forma clandestina", dijo la directora de Obras Particulares, Martina Weibel.

Ante esta situación, sostuvo que las sanciones son importantes, por lo que se recomienda a la persona realizar primero la documentación para evitar pagar multas que se aplican por incumplimientos.

"Con los operativos, hemos tenido muy buenos resultados y se está mejorando esta situación. En general cuando se notifica a los propietarios el 80% se presenta a la Dirección, pide prorroga y declara la obra que se está construyendo. Y alrededor de un 20% de personas que, pese a que se les aplica multas, sigue construyendo de forma clandestina", señaló, al precisar que las sanciones son tanto para el propietario como para el profesional.

Por último resaltó que el objetivo principal del área es que las obras que se realicen estén avaladas por un profesional responsable que garantice que la construcción se realizará de la forma correcta. "Las obras clandestinas no nos dan certeza de cómo se han realizado, ni los riesgos que podría eso implicar para cualquiera", dijo la funcionaria.

En propiedad no declarada

En caso de que la persona planifique construir sobre una propiedad que nunca fue declarada, el profesional a cargo deberá presentar los requisitos de "Informe de obra existente".

"Entonces el profesional declara una obra en la cual no ha participado en la ejecución. Si el inspector detecta la obra en construcción, no se puede presentar como informe de obra existente", mencionó Weibel.

CONSTRUCCIÓN / UNA VEZ APROBADA LA OBRA, LA MUNICIPALIDAD NO DISPONE UN TIEMPO LÍMITE PARA CONSTRUIR O TERMINARLA.

Los requisitos principales para realizar el "Informe de obra existente" son: nota sellada en caja solicitando su aprobación, certificado único, fotocopia de Escritura legalizada en Inmuebles sito en calle 19 de Abril, y Libre de Deuda original de alumbrado y limpieza.

Además deberá hacer una declaración jurada; antecedente de plano aprobado (si tuviere), boleta del colegio o cumplimiento total, plano sellado por el Colegio y también presentar comprobante de pago del canon actual por matricula municipal.

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Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad atiende de lunes a viernes de 7 a 13, en el edificio “9 de Julio”.
Una construcción es considerada terminada cuando el inspector verifica que la obra coincide con la del plano aprobado.

 

Obras de segunda categoría requieren de autorización

Para ejecutar obras de segunda categoría que no impliquen construcciones que involucren mamposterías, estructuras, paredes o arreglo de vereda, es necesario pedir con anterioridad autorización a la municipalidad.

Cumplir normas

“Muchas veces el propietario decide arreglar la vereda, sin autorización y sin cumplir con las medidas de seguridad. En este caso, la municipalidad comunica al propietario que tiene la obligación de cumplir con todas las normativas que requieren”, dijo la directora.

Documentación

Los requisitos a presentar para llevar adelante una obra particular son; una nota detallando trabajos a realizar, 1 plano de remodelación, cédula parcelaria (propietario) o contrato de locación firmado por los dos, libre deuda.

Colocación de cartel

Aquellos propietarios de negocios que quieran colocar un cartel de publicidad, deberán solicitar el permiso en la Dirección de Obras Particulares, para que a través del Departamento de Control de Documentación se verifique la forma en la cual este será ubicado, se corrobore si cumple con la normativa estructural, esté en condiciones y que a futuro no genere riesgo o produzca algún accidente.