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19 de Abril,  Jujuy, Argentina
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"Algunos actos de sacerdotes justifican una sanción perpetua y otras no"

Es presbítero y doctor en Derecho Canónico y decano de la Pontificia Universidad Católica Argentina; vicario judicial de Gualeguaychú y defensor del vínculo en el Tribunal Eclesiástico Nacional.Fue expositor en las XVIII Jornadas de Estudio de Derecho Canónico en Jujuy. Habló de cambios legislativos y delitos como los abusos sexuales, abuso de autoridad, abuso de poder o abuso de conciencia.
Miércoles, 16 de octubre de 2019 01:04

¿Cuáles fueron los temas y a quiénes se dirigieron las Jornadas de Estudio de Derecho Canónico?

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¿Cuáles fueron los temas y a quiénes se dirigieron las Jornadas de Estudio de Derecho Canónico?

Nos reunimos en Jujuy en las Jornadas anuales de la Sociedad Argentina de Derecho Canónico. Este encuentro anual que convoca a laicos, sacerdotes, religiosos e incluso obispos, es para seguir estudiando y compartiendo esta ciencia sagrada como la teología, también el derecho canónico junto con las Sagradas Escrituras. El Derecho Canónico es la ley de la Iglesia con respecto a todos los fieles y con respecto a la sociedad también. Y en este momento se tratan temas referidos a la pastoral familiar, matrimonios, la declaración de nulidad del matrimonio y también incluimos algunos aspectos de Derecho sancionador de los delitos y las penas dentro de la Iglesia, no por un tema puntual, sino por todos los que podemos tratar. La verdad que es una jornada muy linda porque nos encontramos con compañeros, amigos, alumnos e incluso compañeros de tareas de todo el país y de países limítrofes.

¿Las temáticas tuvieron que ver con el Derecho Penal Ordinario y el Derecho Penal Canónico?

Sí, se invitó al juez Luis Kamada de esta ciudad, quien expuso sobre el Derecho Penal, Civil, Secular del Estado y algunas características de ese tipo de legislación y de delitos y juicios en relación a la Iglesia. Pensemos así. Un fiel comete un acto contra la ley civil, responderá como ciudadano, pero también podría responder como fiel cristiano. Si es un catequista, un docente en una escuela católica, es un sacerdote, deberá responder también como fiel no solo como ciudadano en el Derecho propio de la Iglesia.

¿En el tópico cómo se profundizó?

Bueno, hubo varios cambios legislativos. El papa Francisco ha hecho algunos de estos cambios y algunas especificaciones para que los obispos estén más tranquilos y más presentes en algunas realidades. Delitos como los abusos sexuales, algunos de abuso de autoridad, de poder o de conciencia, es parte de este tipo de actos. Que nos portemos bien. Sería la consigna en todo sentido.

¿Qué opina de que la gente siente que desde la Iglesia no se hace nada para separar a aquellos sacerdotes que cometen faltas graves como las violaciones?

Hay de todo. A veces no lo cometen sacerdotes, otras veces ese sacerdote se está tratando tanto en el fuero civil acompañándolo pero por sobre todo para lo que diga la ley del Estado, como en el fuero canónico. Lo que ocurre es que a veces no es fácil comunicar todo lo que se está haciendo, por respeto a todas las personas involucradas, porque aún no se terminó la tarea. A veces es una sanción, y esta en la Iglesia es del tipo espiritual, no de cumplir una condena de cárcel.

Pero no hay por ejemplo una separación del sacerdote de su parroquia o de su investidura como ocu rre con los docentes que incurren en abusos...

Sí, en algunos temas puntuales hay una separación y se llaman medidas cautelares. En algunos casos de modo más drástico, no sólo de la parroquia sino de toda actividad del ministerio sacerdotal. Lo que ocurre es que no es lo mismo ese tipo de acto, separándolo cuando todavía no hay una decisión tomada, una prueba confirmada de los actos realizados. A veces hay una separación provisoria, y otras veces hay una sanción, que incluso podría ser perpetua. La sanción perpetua sería la dimisión del oficio, de la tarea del ministerio sacerdotal. Es decir, no podría ejercer más el sacerdocio, en una de las sanciones más graves.

Eso es lo que espera la gente cuando ocurren estos casos tan graves en los que algunos han sido probados y siguen siendo sacerdotes. ¿Por qué?

Bueno, habría que ver si la prueba de los actos está, la sanción será proporcional a esos actos. No todos los actos son iguales. Algunos justifican que la sanción sea una pena perpetua y otros no, como ocurriría en el fuero civil. Entre algunas cuestiones perpetuas y otras que son por tiempo menor.

¿Cómo se sintieron en Jujuy?

Nos hemos sentido muy cómodos en la ciudad y hemos sido muy bien recibidos así que les agradecemos. Les agradecemos también a ustedes porque es un medio que se acerca a este espacio que es de la Iglesia, pero también es de todos los que formamos parte de este suelo argentino, y en este caso particular de Jujuy.