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"Está en nosotros cumplir la ley de la mejor manera"

Lunes, 02 de diciembre de 2019 01:03

El director del Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Jujuy (Cucaijuy), Gabriel Illanes, sostuvo que es importante conocer la "Ley Justina" -que modifica la normativa anterior- para poder aplicarla efectivamente. Haciendo foco en los últimos datos que se reflejan en la provincia, donde más de 40 personas recibieron trasplante de córnea, sostuvo que "por más que sean buenos resultados, que nos hacen sentir bien y pensar que vamos hacia el camino correcto, una vez que tenga una injerencia real, lo que nos va a mostrar esta ley posiblemente lo terminemos de ver en algunos años", dijo.

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El director del Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de Jujuy (Cucaijuy), Gabriel Illanes, sostuvo que es importante conocer la "Ley Justina" -que modifica la normativa anterior- para poder aplicarla efectivamente. Haciendo foco en los últimos datos que se reflejan en la provincia, donde más de 40 personas recibieron trasplante de córnea, sostuvo que "por más que sean buenos resultados, que nos hacen sentir bien y pensar que vamos hacia el camino correcto, una vez que tenga una injerencia real, lo que nos va a mostrar esta ley posiblemente lo terminemos de ver en algunos años", dijo.

La "Ley Justina" fue impulsada por la familia de Justina Lo Cane, una nena de 12 años que murió esperando un corazón.

Más adelante precisó que es obligación del sistema de salud hacer que esa ley que fue aprobada sin ningún voto negativo, pueda ser aprovechada por la sociedad en su totalidad. Dado a que es una normativa que no solamente habla de la procuración y el donante presunto, sino de la situación del personal de salud, de la creación de procuración hospitalaria, de los derechos de los pacientes y de los donantes. "Está en nosotros hacer que esa ley, que es muy buena, se cumpla de la mejor manera", resaltó.

Manifestación de voluntad

Todas las personas mayores de 18 años pueden manifestar en forma expresa su voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de los órganos y tejidos de su propio cuerpo. Una de las formas es dirigirse hasta la sede del Cucaijuy sita en Güemes 1360, donde se elabora un acta, en el Registro Civil o en el correo desde donde se envía el acta al Cucaijuy.

También se puede dejar sentada el deseo de ser o no donante ingresando a la página web www.miargenti na.gov.ar. Allí se ingresan los datos y se expresa la voluntad de cada uno. Esa información, puede ser ingresada por internet desde la casa, e inmediatamente esos datos se envían al Registro Nacional de Expresiones de Voluntad para la Donación del Incucai.

Ausencia de expresión

De no existir manifestación expresa ni a favor ni en contra, la ley presume que la persona es donante. En ese caso, en el momento de la muerte, el Incucai o el organismo responsable solicita testimonio a la familia sobre la última voluntad del fallecido respecto a la donación de sus órganos y tejidos.

Sólo cuando la persona no haya dejado constancia expresa, los familiares directos son quienes dan cuenta de la voluntad respecto a la donación de órganos, y ésta debe condecir con la última voluntad del fallecido.

En menores de 18 años

Ante el fallecimiento de un menor de edad, no emancipado, sólo los padres o representantes legales pueden decidir sobre la donación y autorizar o no la ablación de órganos y tejidos. La iniciativa establece que esa autorización queda registrada en una declaración jurada y que, en ausencia de las personas mencionadas, es el Ministerio de Defensa.

Además, indica que todas las personas son donantes de órganos, salvo que hubieran expresado su voluntad contraria.