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"En Argentina, gane quien gane, siguen perdiendo los jubilados y pensionados"

El Defensor de la Tercera Edad cuestionó la medida del Gobierno Nacional de frenar por seis meses la fórmula de la movilidad de las jubilaciones y dijo que realizarán el pedido de inconstitucionalidad.Aseguró que esta medida busca mantener disponible el fondo de la seguridad social para la cobertura de la deuda externaen detrimento del sector pasivo y advirtió que aumentarán los juicios al Estado.

Lunes, 23 de diciembre de 2019 01:04

¿Cómo ve esta suspensión de la Ley de Movilidad jubilatoria que se aprobó con la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva?

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¿Cómo ve esta suspensión de la Ley de Movilidad jubilatoria que se aprobó con la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva?

La suspensión de la Ley de Movilidad, en primer término, hay que aclarar que no puede evitar que entren los reajustes de junio y de marzo, porque se generaron a partir de índices inflacionarios y de variación de salarios de este semestre. Vale decir que el Ejecutivo, en cualquier caso lo tiene que hacer por decreto, tiene que reajustar los haberes de todo el sistema el 11,54% en marzo y alrededor de 15% en Junio, porcentaje que se termina de consolidar el 31 de diciembre. Igualmente no queda claro porqué se da esta suspensión, inclusive en propias manifestaciones de legisladores del oficialismo no expresan cuales son los motivos, hablan de aumentar las mínimas en una proporción mayor al resto de los haberes y esto es un verdadero despropósito jurídico ya que vivimos experiencias similares en 2002 y 2006, donde se congelaron las jubilaciones de mayor categoría, se acható la pirámide y esto terminó en el caso Badaro. De modo que esta situación generaría una enorme judicialización, rompería el criterio de proporcionalidad y equidad que tiene que tener un sistema de reparto asistido como el que tiene Argentina y sería gravoso para los propios jubilados por lo cual, conocida la ley a partir de la publicación vamos a avanzar sobre el pedido de inconstitucionalidad por vía judicial, siempre que no haya ningún tipo de cambio o alguna cuestión que, desde el Ejecutivo, revea esta situación.

¿En base a qué se justifica la inconstitucionalidad de esta ley?

En principio porque está violando el artículo 75 inciso 22 de la Constitución que, en el año ’94 incorporó el tratado de San José de Costa Rica que tiene en su contenido el protocolo del Salvador y en el artículo 14 están establecidos los derechos de los adultos mayores, entre ellos, la intangibilidad de su haber y esto, a su vez, más allá de estar ratificado por la Convención de Protección de los derechos a las personas mayores que hace dos años ratificó el Estado argentino donde se establece, inclusive, que los estados contratantes se comprometen a no menguar derechos de los que integran la masa de jubilados y pensionados, por lo cual no importa que se gane la mínima, la media o la jubilación más alta, así que en razón de lo que dice la constitución, la convención y lo que ha ratificado la corte Suprema, no puede entonces el Poder Legislativo desdecir lo que ya ha sido fijado por las leyes, la constitución y la Justicia.

Mencionó que no queda claro el motivo de la suspensión de la Ley de Movilidad ¿Personalmente qué análisis hace, a qué cree que se debe?

Lo único que surge de los dichos y comentarios, sobre todo de economistas, tanto del oficialismo como de la oposición, es fundamentalmente para mantener el fondo de la seguridad social disponible para la cobertura de los servicio de la deuda externa, lo cual creo que es bastante obvio aunque no se ha querido decir directamente. El bono ha sido una mera excusa para usar como telón y que no hablemos de lo que ahora estamos haciendo, como todo bono termina siendo inequitativo. Los que ganan $20 mil se están preguntando por qué no entran en el bono y sí los de $18 mil. Los que cobran un haber mínimo y un subsidio por hijo discapacitado y superan los $19 mil, por ejemplo, sería bueno que los legisladores que votaron positivamente lo puedan explicar públicamente. Yo creo que es una verdadero escándalo que no tiene otro justificativo mas que achicar la masa de recursos disponibles para el sector e inclusive, esto lo aclara lo que era el artículo 53 original, que luego fue cambiado y que habilitaba a pagar deuda con el fondo de sustentabilidad y garantía. Vale decir que a los desastres del Gobierno precedente se une la catástrofe del actual, sobre la vida de los jubilados. En Argentina, gane quien gane, siguen siempre perdiendo los mismos, los más vulnerables, jubilados, pensionados y discapacitados.

¿Cómo debería ser la nueva fórmula de movilidad jubilatoria?

La fórmula puede ser modificada por otra ley, por lo que no hacía falta suspenderla para hacer eso; se pagaban según los índices que ya se habían generado para el año que viene, se reunían una noche en enero habilitados en extraordinarias y cambiaban la formula y no pasaba absolutamente nada, lo que pasa es que se repite el escenario del 2017 cuando cambiaron la formula precipitadamente y le robaron a los jubilados la aplicación de reajustes sobre un trimestre, en el llamado "factor empalme". Así que no es nada nuevo en Argentina y lo repiten las administraciones, para distraer el recurso que hay que poner en el bolsillo de los jubilados para la utilización en otro tipo de eventos o necesidades.

¿Cree que esta medida va a aumentar la litigiosidad, los juicios al Estado? Sin lugar a dudas. Desde el bono hasta la ley en sí misma, porque se va a achatar la pirámide si se dan reajustes diferenciados, es decir, los legisladores tienen que aprender que si hay un jubilado que gana 50 y otro que gana 20, el reajuste tiene que ser de la misma magnitud, en términos de índice, para unos y para otros, porque esos dos jubilados tienen una historia laboral y es probable que hayan trabajado o más años o que hayan aportado por categorías más altas, de modo que la proporcionalidad es otro de los elementos esenciales en el sistema previsional; la fórmula de movilidad debe ser un mecanismo objetivo que no puede quedar a disposición de la voluntad del Ejecutivo, para que conforme a su voluntad reajuste como le parezca. Casualmente las fórmulas de Kirchner de 2012 y 2014 dio guarismos menores que la inflación por lo cual los jubilados perdieron, y la de Macri también fracasó en 2018 y 2019; en ambas gestiones el resultado tuvo que ver con los altos índices de inflación ya que en esos contextos, cualquiera sea la fórmula que se invente, no se puede evitar la pérdida de poder adquisitivo.

En relación a este balance acerca de cómo vienen fracasando las fórmulas en las últimas gestiones ¿Qué cree que le depara a este 2020 al sector previsional?

En este 2020 el reajuste iba a ser significativo porque, como hubo alta inflación en 2019 y se reajusta sobre la inflación un 70% y en salario 30%, se calcula que el reajuste no iba a ser menor al 50% de modo que, como siempre dicen iba a haber una inflación a la baja, el año que viene era probable que recuperaran puntos, por lo menos así lo señala el primer semestre. Pero bueno, se aplicó fórmula en 2018 donde perdieron 20 puntos los jubilados, ahora se aplica este año donde estarán perdiendo 4 o 5 puntos y el año que viene, que se suponía que iban a recuperar se les saca la fórmula, así que es realmente macabro el accionar del sistema político para con el sector.