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Trabajo conjunto contra los deudores alimentarios

Ediles y funcionarios provinciales articulan labor para el mejor cumplimiento de las normas respectivas.

Sabado, 22 de junio de 2019 01:00

Ediles se reunieron ayer para trabajar en la Ordenanza 7266/2018, por la cual la Municipalidad de San Salvador de Jujuy no podrá otorgar, transferir, autorizar o registrar de manera definitiva las habilitaciones, concesiones, licencias o permisos a quienes se encuentren incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

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Ediles se reunieron ayer para trabajar en la Ordenanza 7266/2018, por la cual la Municipalidad de San Salvador de Jujuy no podrá otorgar, transferir, autorizar o registrar de manera definitiva las habilitaciones, concesiones, licencias o permisos a quienes se encuentren incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

A partir de la Ley 5.273, se dispuso la creación en el ámbito de la Provincia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el cual tiene como autoridad de aplicación a la Secretaría de Justicia, y tiene dos funciones específicas: llevar adelante el registro de todas aquellas personas que adeuden total o parcialmente cuotas alimentarias a menores o personas discapacitadas y, por otro lado, emitir las constancias si una persona se encuentra o no en el registro.

La reunión estuvo encabezada por el presidente del deliberativo, Lisandro Aguiar, acompañado de los concejales María Galán -impulsora de la norma-, Estela Flores, Patricia Moya, Marcelo García y Miguel Ángel Morales, quienes recibieron a diferentes autoridades con miras a encaminar el cumplimiento de la ordenanza de la manera más ordenada.

Entre los asistentes se acercaron al edificio legislativo a emitir su opinión el secretario de Justicia de la Provincia, Daniel Ernesto Suárez, y el coordinador del Registro, Federico González; la secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, Ana Cristina Rodríguez; Ana Gabriela Igarzabal, presidente del Colegio de Abogados de Jujuy; desde el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, la Betina Demattei; María Marcela Infante, secretaria de Derechos Humanos de la Provincia e integrantes del Poder Judicial, entre otros funcionarios.

El objetivo principal del encuentro fue lograr un trabajo articulado con todas las partes presentes, centrado en los derechos del niño y los perjuicios del incumplimiento del deber alimentario. Los concejales, por su parte, quedaron a disposición para colaborar con la propaganda y campaña de información al respecto.

Al respecto, la concejal María Galán, encargada de promover la reunión, aclaró que están buscando profundizar las tareas, llamar a más gente, y así tener una mesa más amplia "para poder trabajar tanto en capital como provincia, con un tema fundamental como es los derechos de los niños".

Por su parte, el secretario de Justicia destacó que la reunión se centró en "encontrar mecanismos que podamos implementar y ver cuáles podemos mejorar, ya que tenemos la intención desde el Gobierno de potenciar este sistema".

A su turno, Infante recordó que "estamos ante una herramienta nueva, que surgió de un gran trabajo, y tiene por objetivo seguir articulando las partes para que cada vez funcione mejor gracias a la participación de todas las instituciones".

Por último, Igarzabal celebró la representación de todos los sectores, con quienes "debatimos y valoramos la sanción de la ordenanza, girando esencialmente en torno a la exigencia de no tener antecedentes como deudores alimentarios y las posibles compensaciones".

Represalias para quienes incumplen

Entre las represalias que fija la norma municipal contra los deudores alimentarios, se destacan que no puedan acceder a licencias o permisos para taxis de radio llamada, taxis compartidos, taxis fletes, transporte escolar u otro tipo de transporte alternativo de pasajeros; habilitar o inscribir a profesionales y técnicos en la matrícula municipal; conferir habilitación comercial definitiva, cambio de local comercial, dar de baja o transferir dicha habilitación.
Esta prohibición estará vigente hasta tanto se acredite que no se encuentren incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos previsto en la Ley Provincial, considerando las posibilidades de trabajo o ingresos personales de quienes mantienen deudas por alimentos.