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Alcances del régimen de regularización de deudas

Los contribuyentes tienen plazo hasta el 31 para adherir a la moratoria.

Jueves, 18 de julio de 2019 01:00

La Dirección Provincial de Rentas informó que hasta el 31 del corriente estará vigente el Régimen especial de regularización de deudas, para los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos con deudas de períodos vencidos al 31 de marzo del corriente año, el que también podrá gestionarse desde la plataforma web del organismo.

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La Dirección Provincial de Rentas informó que hasta el 31 del corriente estará vigente el Régimen especial de regularización de deudas, para los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos con deudas de períodos vencidos al 31 de marzo del corriente año, el que también podrá gestionarse desde la plataforma web del organismo.

El director de Rentas, Esteban Rodriguez, indicó que este régimen permite concretar una financiación de hasta doce cuotas sin interés para las deudas de Ingresos Brutos Régimen General, en tanto que para Agentes de Retención y Percepción de Ingresos Brutos podrá ser hasta 12 ó 6 cuotas, según las categorías autorizadas.

El plan contempla en el tramo hasta el 31 de este mes una serie de beneficios, entre los que se destaca la reducción de intereses resarcitorios del 20%; así como otros adicionales y acumulables, según sea la modalidad de pago elegida, pudiendo llegar hasta el 40% de quita de intereses resarcitorios para planes con cancelación de contado.

En caso de financiación, el anticipo se determinará según la calificación de riesgo fiscal del contribuyente. En cuanto a las cuotas, podrán efectuarse mediante débito automático en cuenta corriente o caja de ahorros bancaria o con cheque diferido (hasta doce meses), a la orden de la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy.

Para formalizar el plan existen dos opciones, la gestión presencial en la casa central, Lavalle Nº 55 San Salvador de Jujuy y delegaciones del interior, o desde la plataforma web www.rentasjujuy.gob.ar mediante el uso de clave fiscal.

Por más información, los interesados podrán consultar en el sitio web o personalmente en las oficinas de la Dirección de Rentas en el horario habitual de atención.