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Ratifican seguro de sepelio para 105 mil afiliados del ISJ

Las autoridades de la obra social provincial aseguraron que habrá un reintegro de 50 mil pesos, para titulares.

Viernes, 30 de agosto de 2019 01:02

El Instituto de Seguros de Jujuy ratificó que desde septiembre comenzará la implementación del seguro obligatorio de sepelios, y argumentó que se brinda por demanda del sector pasivo. Aclaró que es sólo para el afiliado titular y supone un reintegro de hasta 50 mil pesos por gastos en el servicio de sepelio del mismo.

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El Instituto de Seguros de Jujuy ratificó que desde septiembre comenzará la implementación del seguro obligatorio de sepelios, y argumentó que se brinda por demanda del sector pasivo. Aclaró que es sólo para el afiliado titular y supone un reintegro de hasta 50 mil pesos por gastos en el servicio de sepelio del mismo.

Es un seguro colectivo de vida y de sepelios obligatorio para los titulares del ISJ, que estará en funcionamiento desde septiembre, a través del descuento por planilla.

"Estamos trabajando en cumplir con la ley, tenemos todas las autorizaciones correspondientes y estamos trabajando de manera legal en este tema. Creo además que estamos brindándole, así como con el seguro de vida con este seguro de sepelio la garantía a los empleados públicos y a los jubilados que en momentos complicados van a tener garantizados ayuda y contención", afirmó Juan Pablo Giachino, presidente del ISJ, ratificando su implementación pese al cuestionamiento.

Aseguró que se implementó ante la demanda de afiliados de bajos recursos y de centros de jubilados con los que afirman que se reunieron. De los 180 mil afiliados del ISJ, sólo se cubrirá a los titulares que suman 85 mil empleados activos y 20 mil jubilados.

Sobre el carácter obligatorio del seguro, cuestionado por una asociación de defensa del consumidor que planteó que los afiliados deberían poder elegir, el vocal Carlos Grosso explicó que el seguro de sepelio se efectivizará "vía reintegro".

Explicó que el empleado público o jubilado podrá presentarse en la compañía funeraria que abona, en caso de un siniestro, pedir su servicio y después con una certificación conforme del servicio de sepelio, el ISJ le reintegrará de inmediato el monto asegurado, 50 mil pesos. Será previa presentación de la factura del servicio, o el que contrate en el momento.

Aclaró por ello que la elección de la empresa funeraria seguirá siendo libre. Desde el 1 de septiembre comienza a cubrir el servicio y significará un descuento de 94,53 pesos de los sueldos.

"Lo único que estamos haciendo es cumplir con la ley, que es de 1987 y el Estado provincial estaba sin cumplir", insistió Grosso sobre el carácter obligatorio e irrenunciable, acotando que esa ley nunca fue declarada "inconstitucional".

En ese sentido, Giachino aclaró "la inconstitucionalidad debe ser declarada por vía judicial. Esta ley está vigente y hasta acá no ha sido atacada en su constitucionalidad, nadie se ha presentado a decir que es inconstitucional en estos artículos. Nosotros no podemos prejuzgar ni mucho menos", afirmó. Aseguró que para ello están abiertos los canales para que los afiliados lo planteen pero que debe ser judicial.

Es decir que los titulares del ISJ que quieran cuestionar este descuento que se comenzará hacer por "aplicación" de dicha ley, deberán hacerlo por vía judicial y para ello acudir a defensorías públicas o abogados particulares.

Giachino detalló que el seguro se basa en el artículo 30 y 31 de la ley orgánica del ISJ Nº 4282 de 1987 que plantea que es de carácter obligatorio e irrenunciable. Dijo que está autorizado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante resolución 37.149.

Abarcará a funcionarios, agentes del Estado, de entidades autárquicas, empresas, sociedad del Estado, o como personal de planta permanente, contratados, jornalizados, o de carácter temporal. Aplica a los afiliados titulares del ISJ y no adherentes, es decir que no cubrirá a sus familias, y es intransferible. Cubrirá los riesgos de muerte y discapacidad permanente total o parcial, y los gastos de sepelio.

No se afectará a las empresas funerarias

“En ningún momento estamos sacándole afiliados a las empresas funerarias, sino que van a continuar con la empresa funeraria de confianza”, aclaró Román Carniellis, gerente de la compañía de seguros del ISJ,
Explicó por su parte que a los titulares activos o pasivos se les descontará el seguro de sepelio, pero podrán seguir pagando el servicio de sepelio en su empresa funeraria, y dada la circunstancia podrán tomar el servicio y el ISJ reintegrará al asegurado el equivalente a la suma asegurada del gasto del sepelio, de 50 mil pesos.
Enfatizó que a partir del 1 de septiembre los empleados público titulares del ISJ, y el sector pasivo integrado por jubilados, pensionados y retirados, estarán cubiertos. 
Anticipó también que están estudiando la posibilidad de extender o no el seguro al grupo familiar primario o secundario.
Explicó que los montos para reintegro surgen de los estudios actuariales, que establecen según diferentes parámetros, factores de mortalidad y estadísticas.
Giachino recordó que ya está funcionando el seguro de vida, que permitió actualizar los montos y que los afiliados provinciales tengan una cobertura que consideran que era insuficiente, por lo que ahora suman el seguro de sepelio.

La versión de las funerarias

En tanto el referente de la empresa de sepelios Futuro, Carlos Alfredo Jure, explicó que “por recaudar iban a fundir” a las empresas prestatarias a las que habrían presionado para que brinden el servicio. 
“Por decreto están sacándonos la cartera que trabajamos toda la vida puerta a puerta, damos trabajo a los promotores, a los productores. Porque un día quisieron recaudar nos sacaron la cartera de clientes, están fundiendo a todas las empresas con esto, ninguna empresa les va a dar el servicio porque esto es arbitrario”, afirmó Jure, de Futuro y referente de la Asociación de Empresas Funerarias de Jujuy.

Planteó que en principio el ISJ habría dejado entrever que tenían convenio con las empresas fúnebres para que les presten el servicio, y aclaró que no lo prestarían porque no se dan las condiciones. Explicó que fueron en la mañana de ayer para hablar y que fueron maltratados. “Nos querían obligar a dar el servicio, ahora dan marcha atrás”, aclaró Jure.

 Explicó que un servicio como el que brindan supone alrededor de 120 mil pesos, por la cuota que cobran por el grupo familiar es de 170 pesos, e incluye el servicio, sala velatoria, cafetería, cremación, lotes en el cementerio. “En el mejor de los casos 100 servicios, dividido en 15 empresas, ni para abrir la puerta. El costo operativo de la empresa mediana y grande es más de lo que se puede recaudar en el mes prestándole servicio al Instituto (ISJ)”, dijo.

Para UCU el seguroes inconstitucional

Cabe recordar que la asociación Usuarios y Consumidores Unidos de Jujuy (UCU) cuestionó la resolución 313-ISJ-D-2019 y explicó que obligar a contratar un seguro dentro de un servicio independiente supone una “venta atada”, lo cual está prohibido por el artículo 1.099 del Código Civil y Comercial.
Consideró que la condición de irrenunciable del seguro “es netamente inconstitucional” al violar el artículo 42 de la Constitución Nacional Argentina. “No existe resolución de la Superintendencia de Seguros de Nación que avale seguro alguno, y mucho menos uno obligatorio e irrenunciable que hace tabla rasa con los derechos y garantías constitucionales de los usuarios, entre otras tantas irregularidades e ilegalidades que se presentan”, precisó.