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Dependencia y política tributaria provincial

Martes, 17 de septiembre de 2019 01:03

Antes que finalice el año el gobierno provincial deberá elevar el proyecto de Ley Impositiva Anual, a través de la cual se fija la política tributaria que regirá en el año 2020. En la historia política y económica de Jujuy hubo un momento en el año 1991, en donde este tema se abordó con cierto detenimiento por el protagonismo de los trabajadores estatales, en tanto que desde el Poder Ejecutivo y el Legislativo se trataba de todas maneras de soslayar las propuestas del Frente de Gremios Estatales para mejorar sustancialmente la recaudación, basándose en el criterio fiscal de la capacidad de pago. Hubo mucho revuelo por el lado de los poderes económicos concentrados y finalmente si bien hubo una cierta mejora que se puede verificar estadísticamente lo que vino después fue más de lo mismo, estamos hablando de un periodo de 28 años y la estructura de la recaudación tributaria no cambio sustancialmente en general y lo que hubo fue un avance significativo en la recaudación del impuesto a los ingresos brutos. En esta nota me propongo mostrar dos aspectos en el tema de los recursos con que cuenta el Estado Provincial para hacer frente al gasto público, por un lado la extrema dependencia del gasto público en relación a los ingresos que provienen de la coparticipación federal de impuestos y por otro la estructura de los tributos provinciales absolutamente injustos en relación a quienes contribuyen. Para ello recurro a cuadros analíticos y comparativos.

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Antes que finalice el año el gobierno provincial deberá elevar el proyecto de Ley Impositiva Anual, a través de la cual se fija la política tributaria que regirá en el año 2020. En la historia política y económica de Jujuy hubo un momento en el año 1991, en donde este tema se abordó con cierto detenimiento por el protagonismo de los trabajadores estatales, en tanto que desde el Poder Ejecutivo y el Legislativo se trataba de todas maneras de soslayar las propuestas del Frente de Gremios Estatales para mejorar sustancialmente la recaudación, basándose en el criterio fiscal de la capacidad de pago. Hubo mucho revuelo por el lado de los poderes económicos concentrados y finalmente si bien hubo una cierta mejora que se puede verificar estadísticamente lo que vino después fue más de lo mismo, estamos hablando de un periodo de 28 años y la estructura de la recaudación tributaria no cambio sustancialmente en general y lo que hubo fue un avance significativo en la recaudación del impuesto a los ingresos brutos. En esta nota me propongo mostrar dos aspectos en el tema de los recursos con que cuenta el Estado Provincial para hacer frente al gasto público, por un lado la extrema dependencia del gasto público en relación a los ingresos que provienen de la coparticipación federal de impuestos y por otro la estructura de los tributos provinciales absolutamente injustos en relación a quienes contribuyen. Para ello recurro a cuadros analíticos y comparativos.

Con estas cifras se comprueba que la proporción entre los recursos de coparticipación federal de impuestos y los de origen provincial evolucionó  anualmente de la siguiente manera: 2015, 13,12 %, 2016, 13,57 %, 2017, 14,63 %, 2018, 13,59 % y 2019, hasta el mes de agosto, 15,59 %. Con estos porcentajes se verifica que desde el año 2016 en adelante hubo aumento de la recaudación de tributos de origen provincial y se disminuyo levemente el grado de dependencia respecto de los recursos prevenientes de la coparticipación federal de impuestos.  

El otro aspecto es la estructura de los impuestos tributarios y no tributarios del sistema de recaudación de Jujuy. En lo que va del año 2019, hasta el mes de Agosto, la recaudación tributaria y no tributaria  sumó  $ 4.201 millones y se conformó de la siguiente manera:

Como se puede observar el impuesto a los ingresos brutos, sobre un total recaudado de  $ 4.201 hasta el mes de agosto pasado, representaba el 77,55 % del total, en tanto que el impuesto inmobiliario, sumado el impuesto rural y urbano, sólo representaba el 6,74 %. Tamaña desproporción entre ambos impuestos se explica por el hecho de que la política de recaudación del impuesto a los ingresos brutos está basado principalmente en un sistema de recaudación automática sobre la facturación de los contribuyentes registrados, “en blanco”, y que paga el pueblo al consumir, los depósitos bancarios, las transferencias de fondos entre cuentas y otros dispositivos. Las alícuotas de este tributo son absolutamente injustas, paga más un profesional o un pequeño comerciante que un gran contribuyente, sea este industrial o gran comerciante. En cuanto al impuesto inmobiliario rural o urbano el sistema es aún más injusto y hasta absurdo. La base fija del impuesto inmobiliario rural para los grandes terratenientes y la alícuota sobre el excedente de esa base es mínima comparada con lo que se aplica en el sistema impositivo de la mayoría de las provincias argentinas. En cuanto al impuesto inmobiliario urbano es tan irracional como el anterior, paga más en proporción a la valuación inmobiliaria el poseedor de una vivienda en un barrio urbano periférico que el propietario de casas y mansiones de lujo, que de por sí tiene valuaciones fiscales ridículamente bajas y que en muchos casos no declaran construcciones y mejoras hasta que inspecciones municipales verifican la falta.   

Por último, en el caso de los recursos no tributarios entre los que se encuentran los derechos de explotación de minerales y el canon minero las cifras de lo que aportan al Estado son igualmente absurdas, en lo que va del año para el caso de los derechos de explotación de minerales se lleva recaudado el irrisorio monto de $ 4 millones y en el caso del canon minero $ 42 mil, en un momento en donde la explotación de minerales es importante y en el  caso de la explotación de los yacimientos de salmuera donde se extrae el carbonato de litio se llega a facturaciones millonarias en dólares, siendo hoy la actividad que obtiene ganancias extraordinarias, muy superiores a otras actividades.

Es de esperar que desde el Poder Ejecutivo y la Legislatura decidan cambios significativos en política tributaria provincial, de cara a mejorar la justicia tributaria y a disminuir la extrema dependencia respecto del gobierno nacional.