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El Gobierno lanzó medidas para garantizar dólares a ahorristas

Compra de dólares limitada, obligación a exportadores de liquidar divisas y pago de impuestos con bonos.El decreto faculta al Bcra a establecer reglas que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir lo dispuesto.

Lunes, 02 de septiembre de 2019 01:03

Con un decreto publicado en el Boletín Oficial un domingo, el Gobierno anunció ayer la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos.

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Con un decreto publicado en el Boletín Oficial un domingo, el Gobierno anunció ayer la restricción de la compra de dólares, la obligación de exportadores de liquidar divisas y la autorización del pago de impuestos con bonos.

El objetivo de la medida es calmar la plaza cambiaria con medidas de alto impacto que fueron analizadas por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central, a pedido del presidente Mauricio Macri, indicaron fuentes oficiales.

El decreto dispone que hasta el 31 de diciembre próximo el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central.

La autoridad monetaria, además, establecerá los supuestos en los que el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera y metales preciosos amonedados, y las transferencias al exterior requerirán autorización previa.

Lo hará con base en pautas objetivas en función de las condiciones vigentes en el mercado cambiario y distinguiendo la situación de las personas humanas de la de las personas jurídicas.

El decreto faculta al Banco Central a establecer reglamentaciones que eviten prácticas y operaciones tendientes a eludir, a través de títulos públicos u otros instrumentos, lo dispuesto en esa medida.

Dispone, además, que los tenedores de los títulos de la deuda pública cuya fecha de vencimiento original se encuentre vencida podrán darlos en pago para la cancelación de las siguientes obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.

Esas obligaciones incluyen aportes y contribuciones con destino al Sistema Previsional, al Pami, al Régimen de Asignaciones Familiares y al Fondo Nacional de Empleo.

Los títulos de la deuda pública que se utilicen para la cancelación de las obligaciones indicadas en el artículo precedente se computarán a su valor técnico calculado a la fecha de su vencimiento original.

Límite

Las personas físicas tendrán un tope mensuales de US$ 10.000 para la compra de divisas a partir de hoy.

El dato fue difundido por fuentes del Banco Central, que será la autoridad de aplicación de la medida que restringe la adquisición de divisas en medio de la severa fuga de capitales que costó casi US$ 2.000 millones en reservas el viernes último.

La compra de divisas y las transferencias al exterior requerirán autorización del Banco Central.

El Gobierno dispuso el tope de compra mensual de US$ 10 mil para personas físicas, aunque no habrá restricción para la extracción de dólares, informaron fuentes del Ejecutivo.

Es una medida en sintonía con el Decreto firmado por el presidente Mauricio Macri que señala que a partir de hoy la compra de divisas y las transferencias al exterior requerirán autorización del Banco Central.

Por otro lado, el Gobierno aclaró que no habrá feriado bancario y el horario de atención público de los bancos se extenderá hasta las 17.

La medida, según trascendió a través de fuentes gubernamentales, busca poner límites en el mercado de cambios para proteger a pequeños y medianos ahorristas.

Pagar con títulos de deuda pública

El Gobierno habilitó ayer la posibilidad de que los contribuyentes que tienen títulos de deuda pública nacional cuyo vencimiento fue “reperfilado” la semana pasada, puedan utilizarlos para pagar aportes y contribuciones a la seguridad social adeudadas hasta el 31 de julio último.
Se trata de las Letes, Lecaps, Lelink y Lecer mencionados en el artículo primero del Decreto 596/2019. El mecanismo de pago, informado a la agencia NA por la Afip, será el siguiente:
- El contribuyente ordenará la transferencia desde la plataforma donde opera sus títulos a la Afip.
- La Caja de Valores informará los bonos electrónicos generados.
- La Afip procesará los bonos electrónicos recibidos.
- El contribuyente visualizará el crédito de estos bonos en la cuenta tributaria y los utilizará para pagar la deuda de aportes y contribuciones de seguridad social.
Desde del 15 de septiembre y hasta el 30 de noviembre de este año se podrán ordenar transferencias de bonos a la Afip.

Atención en los bancos

Los bancos operarán hoy normalmente, los clientes podrán retirar o depositar la cantidad de dinero que deseen y comprar hasta US$ 10.000, al tiempo que extenderán la extensión al público hasta las 17.
Así lo dispuso ayer el Banco Central, que lanzó una serie de medidas tendientes a asegurar el abastecimiento de dólares a empresas y ahorristas, entre las que se destacó que las exportadoras deberán liquidar las divisas producto de sus ventas en el país y que todas las compañías, no solo los bancos, tendrán que pedir autorización a la entidad monetaria para girar dinero al exterior.
Fuentes de la entidad que dirige Guido Sandleris explicaron que en los bancos ningún cliente “estará limitado para extraer dólares de sus cuentas”, ya sean estas personas o empresas.

En el caso de las “personas humanas”, tal la denominación jurídica para los particulares, el Bcra estableció un límite de compra de hasta US$ 10.000 por mes. Ese mismo monto será el que una persona podrá transferir al exterior en el mismo lapso. 
Además, y si bien no es estrictamente un tema bancario, la entidad monetaria destacó que tampoco habrá ningún impedimento al comercio exterior, ni restricciones sobre viajes.

Así lo estableció el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 596 del 28 de agosto. En cuanto a las empresas, los exportadores tendrán que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities). Pero el Bcra explicó que “no hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento”, pero las empresas “no podrán comprar dólares para atesorar”.