Desde la Municipalidad de San Salvador de Jujuy recordaron a los ciudadanos que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 6857/16 sancionada por el Concejo Deliberante y promulgada por el Departamento Ejecutivo que establece la obligación del frentista de construir y conservar la vereda de su vivienda.
inicia sesión o regístrate.
Desde la Municipalidad de San Salvador de Jujuy recordaron a los ciudadanos que se encuentra vigente la Ordenanza Nº 6857/16 sancionada por el Concejo Deliberante y promulgada por el Departamento Ejecutivo que establece la obligación del frentista de construir y conservar la vereda de su vivienda.
Los vecinos suelen encontrarse con baldosas sueltas, roturas en las veredas que generan malestar y problemas para transitar de manera cómoda y segura.
Por tal motivo, desde el Municipio capitalino, instaron a los propietarios de las viviendas a cumplir con su responsabilidad como ciudadanos, manteniendo las veredas en condiciones.
En este sentido, las autoridades municipales recordaron que la Ordenanza Nº 6857/2016 establece que es responsabilidad del frentista construir y conservar las veredas en buen estado, sea éste un inmueble con construcción o baldío, en el ámbito de la ciudad de San Salvador de Jujuy.
Plazos y multas
En el caso de no tener sus veredas en condiciones, los frentistas- según la normativa- tienen un plazo de treinta días a para la reparación de la vereda; vencido el mismo, en el caso de que no hayan normalizado la situación o que la misma se encuentre en vía de solución, serán notificados para que en un nuevo plazo de treinta días realicen las reparaciones o construcciones necesarias, caso contrario serán multados con una penalización de 1.000 Unidades Fijas.
Ayuda municipal
A fin de evitar sanciones, las autoridades instaron a la comunidad a regularizar sus situaciones particulares. Quienes así lo quisieran hacer y no cuentan con los recursos para pagar la mano de obra, que deberán acreditar mediante constancia de familia en condición crítica, podrán solicitar al municipio la provisión de mano de obra y asistencia técnica para la realización de la misma.
No obstante, recordaron que en ningún caso el Departamento Ejecutivo municipal podrá comprometerse a la provisión del material de construcción necesario para el arreglo de la vereda.