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Impuesto País: Los pasajes al exterior tendrán recargo de entre un 16 a 20%

Martes, 21 de enero de 2020 16:09

Durante una conferencia de prensa llevada a cabo esta mañana por la Asociación Jujeña de Agentes de Viajes (Ajavyt) se conoció cómo será implementado el “Impuesto País” que aplica un recargo de 30% para viajes y consumos en el exterior. Se trata de una de las principales medidas del proyecto de emergencia económica presentado por el Gobierno Nacional.

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Durante una conferencia de prensa llevada a cabo esta mañana por la Asociación Jujeña de Agentes de Viajes (Ajavyt) se conoció cómo será implementado el “Impuesto País” que aplica un recargo de 30% para viajes y consumos en el exterior. Se trata de una de las principales medidas del proyecto de emergencia económica presentado por el Gobierno Nacional.

De esta manera la Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt) con el Ministerio de Deporte y Turismo de la Nación y la AFIP acordaron doce puntos que buscarán mejorar la aplicación de la misma y minimizar el impacto sobre el turismo que se encuentra en plena temporada.

Entre los puntos se logró que,  la percepción del 30% que se aplicaba sobre el total de la factura por compras sobre servicios terrestres, aéreos o marítimos, ahora se aplique sólo sobre el total de los servicios contratados y no impacta sobre el IVA, tasas y otros impuestos. Esto implica que la percepción equivale aproximadamente entre un 16% y un 20% del total de la factura dependiendo del servicio que se trate.

En este contexto, el presidente de la Asociación Jujeña de Agentes de Viajes, Santiago Carrillo explicó que por ejemplo, a la hora de comprar un pasaje ya sea aéreo, en crucero o servicio de transporte terrestre, que incluyen diferentes impuestos- en algunos casos- IVA, tasas aeroportuarias, portuarias e impuestos internos, “cuando se sacan los impuestos para calcular el 30%, el valor se reduce a 16% o 20%, dependiendo el servicio. Se aplica solamente en el costo del pasaje, no sobre el valor total de la factura como era antes”, sostuvo.

Más adelante resaltó que aquellos que deseen asesorarse en cuento a pasajes y destinos del exterior se acerquen a las agencias de viajes. Cabe mencionar que en la provincia hay un total de 62 agencias de viajes, mientras que a nivel país alcanza las 5600 empresas.

 

Algunos puntos consensuados

  • Las operaciones concertadas antes del 23 de diciembre no se encuentran alcanzadas. Tampoco los saldos impagos correspondientes a esas operaciones, en la medida que se hayan efectuado cobranzas con anterioridad al 23 de diciembre del 2019.

  • Sobre las operaciones concertadas a partir del 23 de diciembre del 2019 corresponderá aplicar la percepción del 30%.

  • Si se aplicara solo las operaciones realizadas con residentes. No procederá en el caso de no residentes.
  • Se aplicará exclusivamente sobre las cobranzas efectuadas en pesos cualquiera resulte el medio de pago. No procederá cuando se cobre en moneda extranjera. Cuando el cliente paga una parte en pesos y otra en moneda extranjera, se aplicará sobre la proporción cobrada en pesos.
  • Corresponderá aplicarla sobre el importe neto de los servicios en el exterior (no computables ley de Iva incluidos en la operación pertinente.
  • Cuando la operación se incluya servicios de transporte internacional, el agente de viajes deberá cobrar la percepción discriminada en la factura o documento equivalente emitido por el transportador que es el responsable de esa percepción.
  • Las percepciones realizadas por el agente de viajes, deberán ingresarse al fisco a través del Sicore. Los plazos para su ingreso serán ampliados por Afip. Estaremos informando los nuevos plazos inmediatamente que se encuentren en nuestro conocimiento.
  • En el caso de las operaciones en cuotas se implementaría que la percepción se aplique en cada cuota. Estaremos informando cuando esta metodología se encuentre en nuestro conocimiento.
  • Por las percepciones no efectuadas en exceso o en los casos que no corresponda, el agente de percepción deberá reintegrarla al adquiriente. Esta devolución podrá compensarla en el Sicore directamente al fisco.
  • Por las percepciones efectuadas en exceso o en los casos que no corresponda, el agente de percepción deberá reintegrarla al adquiriente. Esta devolución podrá compensarla en el Sicore pertinente con las percepciones efectuadas.
  • Continuaremos nuestras gestiones con el BCRA con el objeto de clarificar y flexibilizar la operatoria, con el apoyo del Ministerio de Deportes y Turismo y de Afip en los aspectos que correspondan. Del mismo modo proseguiremos interactuando con las empresas de transporte con el mismo objetivo de aclarar y flexibilizar lo posible.
  • Estaremos informando cualquier modificación que pueda producirse a la descripción efectuada en los once puntos anteriores ni bien se encuentren en nuestro conocimiento", informaron desde la Faevyt a sus asociados