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El 4% de infractores accede a cursos y evita pagar multa

En una contravención hay quienes optan por penas sustitutivas que permiten, ante vulnerabilidad o insolvencia,obviar el pago.
Jueves, 09 de enero de 2020 01:03

Con el nuevo Código Contravencional se implementó la figura de las penas sustitutivas, una opción a la que pueden acceder los infractores en caso de demostrar insolvencia o situaciones de vulnerabilidad que le impidan afrontar el pago de una infracción. Si bien parece una alternativa atractiva, solo el 4,1% accede a esta opción que implica realizar tareas de reeducación, mediante la asistencia a cursos de capacitación que van desde los 3 a 6 meses o mas.

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Con el nuevo Código Contravencional se implementó la figura de las penas sustitutivas, una opción a la que pueden acceder los infractores en caso de demostrar insolvencia o situaciones de vulnerabilidad que le impidan afrontar el pago de una infracción. Si bien parece una alternativa atractiva, solo el 4,1% accede a esta opción que implica realizar tareas de reeducación, mediante la asistencia a cursos de capacitación que van desde los 3 a 6 meses o mas.

Así lo explicó el juez contravencional Nº1, Matías Ustarez, quien señaló que ésta es una modalidad que rige a partir del nuevo Código Contravencional a la que sólo se accede en ciertos casos.

Según dijo, “las penas sustitutivas son excepcionales y se aplican en casos en los que el infractor acredita una situación de pobreza, de vulnerabilidad social, discapacidad, enfermedad, ancianidad, es decir hay una serie de condiciones que tiene que estar debidamente acreditadas en los expedientes”. Así se le da la posibilidad al infractor de que voluntariamente asuma una tarea que puede estar vinculada con la reeducación, la socialización o adaptación de la conducta a la vida en sociedad. “Por ejemplo, en algunos acasos se realizan cursos de convivencia social, o un curso en la Escuela de Educación Vial, un tratamiento terapéutico en caso de adicciones, es decir, la sanción va a depender de la naturaleza de la falta que se haya cometido y de los servicios que estén disponibles en el momento, ya que se trabaja en conjunto con distintos organismos para que la gente pueda cubrir ahí su obligación contravencional”, aseguró el magistrado.

Asimismo, advirtió que a esta opción voluntaria se puede acceder ante cualquier contravención, sea una infracción vial, de alcoholemia u otras, siempre aplicada a la pena principal, no a las penas accesorias como en caso de tolerancia cero que incluye inhabilitación para el manejo, resta de puntos y demás. “El Código Contravencional habilita la aplicación de este régimen de pena para todo tipo de infracciones, incluso la ley nacional de transito”.

Cursos de hasta 6 meses

Los cursos de la Escuela de Seguridad Vial tienen una duración de hasta 3 meses, en tanto que los de la Escuela de Convivencia Social pueden ser de hasta 6 meses, al igual que los tratamientos terapéuticos que también pueden prolongarse hasta 6 meses o mas, dependiendo siempre de la gravedad de la falta y del tipo de instrucción que se dé.

Bajos índices entre 2018 y 2019

Respecto a la cantidad de infractores que acceden a esta opción, Ustarez aseguró que en 2018 sólo representó el 4,1% respecto al total de las sentencias. “En 2018 sobre un total de 3815 sentencias, sólo 183 fueron de instrucción especial” dijo y aclaró que si bien todavía no se confirmaron las cifras de 2019, se estima que serían similares a la del año anterior.

Asimismo, consideró que al ser un beneficio excepcional que requiere la acreditación de todos los extremos de procedencia y el compromiso personal de cumplirlo, “no todos están dispuestos a realizarlo además de que la pena no es fácil aprobarla ya que requiere presencia personal, estudio, actividades de socialización, entre otras cosas”. Finalmente consideró que si bien en el ultimo año las cifras no se habrían incrementado, la tendencia marca que debido a la situación económica, a futuro es probable que más infractores se inclinen hacia esta opción.