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Canal 2: "es jurídicamente y humanamente reprochable"

El director provincial de Trabajo indicó que si la empresa sabía de la condición de riesgo es una falta gravísima.

Domingo, 11 de octubre de 2020 01:03

La muerte de una trabajadora del multimedio Canal 2, Elizabeth Pérez, conmocionó a la comunidad, al conocer que la mujer había pedido a la empresa trabajar desde su casa porque era una persona de riesgo debido a su estado de salud y fue obligada a presentarse en las oficinas donde se habría contagiado de coronavirus.

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La muerte de una trabajadora del multimedio Canal 2, Elizabeth Pérez, conmocionó a la comunidad, al conocer que la mujer había pedido a la empresa trabajar desde su casa porque era una persona de riesgo debido a su estado de salud y fue obligada a presentarse en las oficinas donde se habría contagiado de coronavirus.

Su hermana denunció públicamente que Elizabeth Pérez había informado a la empresa que era personal de riesgo y que "falleció por irresponsabilidad de Canal 2 y de los médicos de la obra social Medifé". También dijo que posee audios en los que la víctima "llorando pedía que por favor la dejen trabajar desde la casa".

Al respecto el director provincial de Trabajo, Carlos Coronel, dijo que si se llega a constatar que fue obligada a ir a trabajar habiendo informado a su empleador que estaba en el grupo de riesgo hay una clara infracción a la legislación vigente.

Carlos Coronel, en diálogo con El Tribuno de Jujuy explicó que "si la empresa estaba al tanto que ella pertenecía a un grupo de riesgo debería haberla intimado para que trabajara desde su hogar". De no haberlo hecho, tal como cuentan los familiares de la joven fallecida señaló que "hay una gran cantidad de acciones legales que pueden ejecutar en contra de la empresa".

Aclaró que para demandar penal y civilmente a la empresa es necesario acreditar que la trabajadora realizó todos los trámites legales para hacerle conocer a su empleador que era una persona que estaba dentro del grupo de riesgo contemplado por la normativa nacional y los protocolos sanitarios vigentes durante el aislamiento obligatorio ante el coronavirus y si a pesar de eso la empresa hizo caso omiso "es sin lugar a dudas una falta muy grave"

"Desde la Dirección de Trabajo no tenemos ninguna denuncia al respecto" pero señaló que sí tiene conocimiento que desde la Dirección de Fiscalización del Ministerio de Trabajo de la Provincia se realizó una inspección en Canal 2 tras conocer lo ocurrido, acotó. Explicó que la Dirección de Fiscalización actuó de oficio ante el caso de Elizabeth Pérez.

"En caso que se acredite que la señora informó sobre su condición de salud y a pesar de eso se la emplazó para que trabaje, es sin lugar a dudas un hecho reprochable jurídica y humanamente. Desde todo punto de vista es reprochable", aclaró.

El decreto

En el inicio de la cuarentena, el DNU 297/2020, estableció, como medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" (artículo 1) que indica que los trabajadores no deben concurrir a prestar labores. Y específicamente en aquellos casos de que el trabajador se encuentre dentro de los denominados "grupos de riesgo", podrán trabajar desde sus hogares y establecer con el empleador las condiciones en que las mismas se llevarán a cabo, percibiendo su remuneración habitual.