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Novena localidad jujeña libre de Pirotecnia Sonora 

La Esperanza aprobó la ordenanza 308/2020 que regulara el uso, deposito y expendio al público minorista y mayorista de estos fuegos de artificio.

Martes, 01 de diciembre de 2020 18:54


El Concejo Deliberante de La Esperanza aprobó el pasado viernes, la Ordenanza Municipal 308/2020 que regula el uso de la venta de fuegos de artificios fuertes. El proyecto que fue presentado por el edil justicialista Juan Ignacio Aramayo y recibió el voto positivo de todos los concejales.

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El Concejo Deliberante de La Esperanza aprobó el pasado viernes, la Ordenanza Municipal 308/2020 que regula el uso de la venta de fuegos de artificios fuertes. El proyecto que fue presentado por el edil justicialista Juan Ignacio Aramayo y recibió el voto positivo de todos los concejales.

A través de esta nueva normativa; se declara a la localidad de La Esperanza libre de Pirotecnia Sonora y se prohíbe en todo el ámbito del ejido municipal la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista o minorista y uso particular, de todo elemento de pirotecnia o cohetería de tipo explosiva con efecto audible o sonoro cualquiera fuera su característica y naturaleza.

Quienes no cumplan ni respeten esta ordenanza podrán tener multas económicas y/o clausura del negocio. Además se faculta al Ejecutivo Municipal a realizar los controles correspondientes y a realizar las debidas campañas de concientización.

La localidad ramaleña se suma a la iniciativa similares en Palpalá, Libertador, El Carmen, San Pedro, Yala, San Antonio, La Quiaca, Perico y San Salvador de Jujuy