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La Suprema Corte dejó sin efecto una sentencia

Un fallo del Superior Tribunal de la Nación días atrás resolvió que se deje sin efecto la sentencia apelada. 

Jueves, 24 de diciembre de 2020 01:04

Un fallo de la Suprema Corte de Justicia dejó sin efecto una condena en el fuero federal en contra de Milagro Sala, donde había sido condenada a la pena de 3 años de prisión en suspenso en diciembre del 2016, por el delito de daño agravado. El tribunal, además, había revocado el sobreseimiento de la dirigente social Sala por el delito de amenaza, por el expediente judicial conocido como “Escrache” al entonces senador y actual gobernador de la provincia Gerardo Morales, en un hecho ocurrido en 2009 en el Consejo de Ciencias Económicas de la Provincia. 

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Un fallo de la Suprema Corte de Justicia dejó sin efecto una condena en el fuero federal en contra de Milagro Sala, donde había sido condenada a la pena de 3 años de prisión en suspenso en diciembre del 2016, por el delito de daño agravado. El tribunal, además, había revocado el sobreseimiento de la dirigente social Sala por el delito de amenaza, por el expediente judicial conocido como “Escrache” al entonces senador y actual gobernador de la provincia Gerardo Morales, en un hecho ocurrido en 2009 en el Consejo de Ciencias Económicas de la Provincia. 

Uno de los puntos establece que “se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Remítase a los fines de su agregación a los autos principales para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo dispuesto”. Es que el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier Augusto De Luca, había interpuesto un recurso de queja a un fallo, que tiene que ver con el origen del proceso judicial. 

A estas instancias judiciales llegaron Gustavo Salvatierra, María Graciela López y Milagro Sala y en abril de 2015, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy ” rechazó la “probation”, que había sido solicitada por los imputados. Salvatierra designó al letrado Marcelo Calvó como su abogado defensor, quien planteó la recusación de los jueces Juárez Almaraz y Cataldi. El 18 de junio, los jueces Casas, Díaz y Rabbi Baldi Cabanillas resolvieron rechazar la recusación y la designación del letrado Calvó como defensor del imputado.

Los vocales opinaron que la elección del acusado tenía por objeto apartar a los jueces naturales de la causa dada la relación de amistad que vinculaba al letrado Calvó con uno de los magistrados. En consecuencia, el tribunal intimó al imputado a designar un nuevo letrado, bajo apercibimiento de nombrar un defensor oficial. Sin perjuicio de ello, tuvo por presentado el recurso de casación interpuesto. El imputado se presentó ante el tribunal con el letrado Calvó y reiteró su voluntad de ser representado por ese profesional.

Ante la negativa del imputado de designar un nuevo letrado, el tribunal ordenó que se designase un defensor oficial para que lo asistiera. En respuesta, el imputado realizó una presentación “in pauperis” en la que manifestó que había escogido al letrado Calvó como abogado de su confianza, que no quería otra representación letrada y que rechazaba la asistencia del defensor oficial. Esta presentación fue declarada improcedente y el juicio se realizó de todas formas y hubo condena. En la última instancia de queja, la Suprema Corte de Justicia consideró que los derechos de defensa de un imputado en un juicio se vieron vulnerados y resolvió dejar sin efecto la sentencia.